Universidad Católica de Santiago del Estero

República Argentina

 

 

Nuevas Propuestas

 

ISBN 2683-8044

79 Páginas - Año XLII - Volumen Nro. 59

Ediciones UCSE 2023

Revista incluida en Catálogo Latindex v1.0

 

 

La revista “Nuevas Propuestas” (ISBN 2683-8044) es un producto multidisciplinario, científico-cultural editado por Ediciones UCSE dependiente del Vice-Rectorado académico.  Se publica desde el año 1980 hasta la actualidad con una periodicidad de dos números anuales con opción a edición de suplementos. La Revista Nuevas Propuestas fue declarada de interés académico por el Consejo Superior de la Universidad Católica de Santiago del Estero, Resolución Nro. 035/2019.Universidad Católica de Santiago del Estero. Campus Santiago, Av. Alsina y Dalmacio Vélez Sarsfield, (CP 4200). Ediciones UCSE, Campus Rafaela, Bv. Hipólito Yrigoyen 1502Rafaela (CP 2300). Depto Castellanos - Pcia. Santa Fe - República Argentina. Tel. (+54 3492) 432832- int. 125 - Correo electrónico: edicionesucse@ucse.edu.ar

 

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Sumario

 

1. Nota editorial 1: Palabras alusivas al 25 aniversario de la UCSE DAR   1

2. El capital pontífice: recurso clave de los procesos emprendedores que aspiran a emancipar. 1

3. Argentina ¿es un país con alta presión fiscal?. 1

4. Caracterización institucional de la economía social y solidaria en contextos subnacionales. Reflexiones a partir de las experiencias recientes de Brasil y Argentina. 1

5. El recurso a la abducción en función metodológica: especificidad y validez en los procesos de investigación científica. 1

 

 

 

 

NUEVAS PROPUESTAS, REVISTA DE LA UCSE

Nro.59 – DICIEMBRE 2022

1. Nota editorial

Palabras alusivas al 25 aniversario de la UCSE DAR

Dr. Rodolfo Zehnder

Docente UCSE

 

 

 

Autoridades, docentes, amigos todos:

Hemos venido a dar testimonio de nuestro agradecimiento. Hemos venido con nuestros logros y alegrías, que supimos colectar en estos 25 años. Sin triunfalismos sino con humildad. Sin anclarnos en el pasado, pero memoriosos, y por ello agradecidos. La memoria bien ejercitada y entendida es un don, porque permite seleccionar lo valioso del pasado y ayuda a no cometer los mismos errores, aun cuando la falibilidad forma parte de nuestra frágil condición humana.

Nuestra querida universidad supo ofrecernos- es bueno y justo reconocerlo- un ámbito de estudio, de reflexión, de responsabilidad y de libertad. Ello no es poca cosa, y lo hizo no sólo a través de sus docentes (frente al aula y directivos), sino del personal todo afectado a su tarea. En este mundo posmoderno –desapasionado y materialista- venimos con pasión a actualizar nuestro recuerdo. Emocionados y hasta cohibidos. Nostalgiosos, pero vivos. Superando la fría asepsia y lógica del presente, con su engañoso ideal del exitismo. Preocupados y perplejos ante la incertidumbre del futuro, pero con tiempo y tino para festejar un pasado que supo construirnos, contenernos, y desarrollar nuestro intelecto y el mundo de nuestros afectos. Por eso, porque la emoción que sentimos representa todo lo bueno que recibimos, venimos a homenajear estas paredes, estos docentes.

En esta era y lógica del vacío, al decir de Lipovetsky, de la exagerada autonomía individual,delainnovaciónsuperficial,delacomunicaciónsinobjetivo,dela obsesión de la información por la información misma, de la destrucción de valores superiores y sentidos únicos, de la anulación de puntos de referencia, de indiferencia y relativismo, venimos henchidos a rendir tributo a esta comunidad educativa que supo enseñarnos a defender ideales, sueños, utopías, a pensar, y a ubicar a nuestra querida universidad en el marco de nuestros referentes.

Quizás sin explicitarlos, y sin que nosotros lo advirtamos, la universidad nos condujo en el camino de los siete saberes que describiera Morín: una educación capaz de criticar el conocimiento mismo, enseñar la condición humana y la identidad terrenal, enfrentar las incertidumbres, enseñar la comprensión y la ética del género humano.

Recordemos con San Juan Pablo II, en “Ex Corde Ecclesiae” que toda universidad católica comparte con las demás universidades el gaudium de veritate, como decía San Agustín, o sea el gozo de buscar la verdad, de descubrirla y de comunicarla en todos los campos del conocimiento.

El dialogo de la Iglesia con la cultura de nuestro tiempo es vital, porque allí se juega el destino de la Iglesia y del mundo. Y la Iglesia, experta en humanidad, investiga gracias a sus universidades los misterios del hombre y del mundo.

Los descubrimientos científicos y tecnológicos imponen hoy más que nunca, en esta Cuarta Revolución Industrial caracterizada por la fusión de tecnologías que está haciendo desaparecer los límites entre lo físico, lo digital y lo biológico, la correspondiente búsqueda del significado, para que todo ello sea usado para el auténtico bien del hombre. La Universidad Católica, en fecundo dialogo entre Fe y razón, convencida de la prioridad de lo ético sobre lo técnico, del espíritu sobre la materia, incluye en su búsqueda la dimensión moral, espiritual, y valorar las conquistas tecnológicas en la perspectiva total de la persona, porque está en juego el significado mismo del hombre.

Los docentes, llamados a ser testigos y educadores de una autentica vida cristiana, debemosestudiarafondolasraícesdelosgravesproblemasdenuestrotiempo, prestando especial  atención a sus dimensiones éticas: el secularismo, la dignidad de la vida humana, la promoción de la justicia para todos, la calidad de vida, la protección de la naturaleza, la búsqueda de la paz, una distribución más equitativa de los recursos del mundo y un nuevo ordenamiento económico y político que sirva para mejorar la comunidad humana nacional e internacional.

En este dialogo entre pensamiento cristiano y ciencias modernas, debemos mostrar como la inteligencia humana se enriquece con la verdad superior que deriva de la Palabra de Dios, del Logos, para así transformar desde adentro a la humanidad, y confrontar mediante la fuerza del Evangelio los criterios de juicio, los valores determinantes, los puntos de interés, las líneas de pensamiento, las fuentes inspiradoras y los modelos de vida de la humanidad que están en contraste con el designio de salvación (cfr. Pablo VI, Evangelii Nuntiandi).

Como expresa el Eclesiastés es (7.19) “La Sabiduría da más fuerza al sabio que diez poderosos que hay en la ciudad”. No tenemos otras herramientas para la acción que las del pensamiento. ¡usémoslas! En medio del actual narcisismo colectivo–hedonista y permisivo, que vive sólo el presente y así pierde el sentido de la continuidad histórica, de este vivir para nosotros mismos sin preocuparnos por tradiciones o la posteridad, es bueno hacer un alto en el camino, mirar hacia atrás, porque es lo que nos rescata de este imperio de lo efímero.

Los años transcurridos aquí fueron de estudio, esfuerzo, trabajo y dedicación. Bueno es apreciarlo en esta suerte de paradoja de la sociedad del conocimiento –como observara Jaim Etcheverry- en que parecemos querer ingresar a ella sin conocer, por el portal de la ignorancia, ya que no se advierte que la sociedad demande sacrificios no sólo en lo económico sino también de parte de cada uno (interés y esfuerzo). Es que, en la sociedad del espectáculo actual, descomprometida y “líquida” (Bauman)y a pesar de algunos esfuerzos aislados, que reconocemos, pareciera que la educación está incorporándose al mundo del entretenimiento light, que reemplaza al trabajo intelectual riguroso y metódico, y toda apelación al esfuerzo y la exigencia es vista como una actitud represiva orientada a privar a niños y jóvenes de ese mundo idílico al que supuestamente, tendrían derecho sin exigencia de su parte. Es una época del gigantismo de los derechos, pero de crepúsculo del deber (siguiendo a Lipovetsky), y porque nuestra universidad nos enseñó derechos, pero también deberes, y a apreciar resultados cuando son fruto del esfuerzo, no es ocioso nuestro reconocimiento.

Deberíamos tener presente que no cabe deslumbrarse ante la tecnología, concebida como una suerte de poder mágico, ya que para usarla con provecho es preciso que los alumnos cuenten con habilidades intelectuales esenciales, que les permitan pensar independientemente, orientarse en la historia, comprender textos, hacer simples operaciones de abstracción. Debemos mostrarles que existe otra realidad, otros referentes, otros destinos, otras razones para vivir, más allá de lo superficial, banal y grosero que les exhibimos todos los días a través de ciertos medios de comunicación social y redes sociales.

Nuestro tiempo se caracteriza por la brusca ruptura de los vínculos entre las generaciones. Parecería que ya no debemos nada a quienes nos han precedido, y que nada nos obliga frente a quienes nos seguirán, ignorando que la supervivencia del conjunto social se edifica mediante la solidaridad entre las generaciones. Hoy no se piensa que existan valores o ideales superiores que deban ser transmitidos: todo es igual, nada es mejor. Este relativismo moral y cultural hiere de muerte la autoridad de la familia y de los educadores: todos nos sentimos autorizados a ser nuestro propio juez moral.

En definitiva: este repliegue de la enseñanza, este desprestigio del conocimiento (que es el recurso sostenible por excelencia) y esta suicida falta de respeto por el intelecto, son elementos claves para comprender nuestra crisis nacional, nuestro penoso retroceso de casi un siglo a esta parte. Hemos olvidado que la educación consiste, en esencia, en dar ejemplo, en ejercer influencia, en despertar admiración, en proporcionar anclas, en dar posibilidad de referencia, en alertar acerca de los sentidos.

Por eso, porque nuestra universidad nos da ejemplos, ejerce influencias, nos brinda sentidos existenciales, nos transmite valores, y se constituye en una referencia, venimos hoy a testimoniar nuestro sincero reconocimiento y admiración.

Dr. Rodolfo Zehnder

Docente UCSE

 

NUEVAS PROPUESTAS, REVISTA DE LA UCSE

Nro.59 – DICIEMBRE 2022

2. El capital pontífice: recurso clave de los procesos emprendedores que aspiran a emancipar

María Celeste Dayer[1]

Doctora en Ciencias Sociales

Lic. en Administración. Docente UCSE

celeste.dayer@ucse.edu.ar

 

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Resumen

El desarrollo emprendedor como fenómeno socioeconómico y herramienta que presenta potencial para aportar a los procesos de desarrollo de los territorios no puede gestarse sin recursos estratégicos. La puesta en escena de las diversas formas y especies de capital, como lo representan el económico, el cultural, el social y el simbólico, pueden brindarse a través de programas de política pública como estructura objetiva del campo emprendedor, sin embargo, el aporte a procesos emancipatorios por parte de las personas emprendedoras se vincula dialéctica y sinérgicamente a una nueva forma y especie construida relacionalmente, ¡eureka!: hablemos del capital pontífice.

La posibilidad de indagar en esta nueva especie de capital encontró su camino en la articulación de tres perspectivas teórico-conceptuales, la económica, la sociológica y la educación crítica. Ellas examinadas en sus interacciones e intersecciones, posibilitaron el abordaje con foco en los significados que los propios actores daban a las acciones que emprendían en sus vidas. Es decir, desde un paradigma interpretativista, resultó ser el trabajo en campo, a través del estudio de los asertos, el cual permitió vislumbrar esta categoría emergente que se propone como aporte al debate académico del presente siglo, en un intento de volver la mirada sobre la persona como verdadero fin –y no como simple medio– de los procesos socioeconómicos gestados en los territorios.

Palabras clave: capital pontífice, capitales estratégicos emprendedores, emprendimiento y emancipación, procesos emprendedores emancipatorios y desarrollo territorial.

Abstract

Entrepreneurial development as a socioeconomic phenomenon and a tool that has the potential to contribute to the development processes of the territories cannot be gestated without strategic resources. The staging of the various forms and species of capital, as represented by economic, cultural, social and symbolic, can be provided through public policy programs as an objective structure of the entrepreneurial field, however, the contribution to emancipatory processes by entrepreneurs is dialectically and synergistically linked to a new relationally constructed form and species, ¡eureka!: let’s talk about pontiff capital.

The possibility of inquiring into this new kind of capital found its way in the articulation of three theoretical-conceptual perspectives: economic, sociological, and critical education. Examined in their interactions and intersections, they made it possible to focus on the meanings that the actors themselves gave to the actions they undertook in their lives. That is to say, from an interpretative paradigm, it turned out to be the field work, through the study of the assertions, which allowed us to glimpse this emerging category that is proposed as a contribution to the academic debate of the present century, in an attempt to look back on the person as a true end –and not as a simple means– of the socioeconomic processes gestated in the territories.

Keywords: pontiff capital, strategic entrepreneurial capitals, entrepreneurship and emancipation, emancipatory entrepreneurial processes and territorial development.

 

Las perspectivas de estudio de los procesos emprendedores

El campo emprendedor, y en ´el, los procesos que lo constituyen, han sido abordados desde diversas perspectivas. Estudios vinculados a las características de personalidad, enfoques de legitimación empresarial, de movilidad social, de marginalidad e integración social, de factores de emprendimientos, el psicológico y el conductista, como así también el de evento empresarial han marcado los inicios de los años ochenta. Desde 1985 y hacia fines de los 90, los estudios diagramaron sus objetos en las redes y centrados en el contexto, en aspectos sociológicos, el enfoque ecléctico combinando las características personales del emprendedor y la influencia del contexto también cobro valor, y comenzó una indagación –y esfuerzos de caracterización– en las empresas de economía popular y empresas alternativas, conceptos propios de una economía social y solidaria que intenta ganar terreno. Desde los años 2000 en adelante las discusiones académicas profundizaron en aspectos de las empresas solidarias -en lo que al campo de la economía social y solidaria refiere- e hicieron lo propio sobre las cuatro C del desarrollo emprendedor, aludiendo a los capitales humano, financiero, institucional y social (Mantis, 2004). Asimismo, los estudios comprados entre países –promovidos por organismos internacionales como el Global Entrepreneurship Monitor (GEM), Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), entre otros- abordaron procesos y sistemas emprendedores, es decir, condiciones económicas y sociales, de cultura, educación, estructura dinámica y productiva, redes, aspectos personales del emprendedor y regulaciones políticas y de mercados. Las dos últimas perspectivas, “Las cuatro C” y los estudios comparados representan producciones académicas más vinculados a procesos de una economía de mercado, que ponen su eje en nociones de rentabilidad, productividad, ampliaciones de cuotas de mercado, entre otros, difiriendo de las propuestas de producción y reproducción de la vida ampliada de los ciudadanos, como lo plantea la economía social y solidaria.

Los estudios cursados, ponen de manifiesto la complejidad y multidimensionalidad que atraviesan al campo emprendedor y a sus actores. Por ende, los capitales[2] necesarios a los fines de emprender deben también ser analizados desde su condición de estratégicos para aportar a procesos que permitan a las personas emprendedoras gestar, iniciar y sostener proyectos emprendedores que resulten emancipatorios, es aquí donde el capital pontífice cobra trascendencia.

¿Como ocurre la construcción emancipatoria en el campo emprendedor?

El mundo no es, el mundo este´ siendo. Como subjetividad curiosa, inteligente, que interfiere en la objetividad con la que dialécticamente me relaciono, mi papel en el mundo no es solo el de quien constata lo que acontece sino también el de quien interviene como sujeto de los acontecimientos. (Freire, 2014d: 99-100).

Reconociendo que la emancipación es un concepto con alta carga simbólica referida a la libración de diferentes colectivos sociales –es posible aludir a la propia esclavitud, a la emancipación obrera, a las liberaciones de tutelas jurídicas, sociales, económicas, culturales, como así también a aspectos de género, tan vigentes en los últimos tiempos– resulta oportuno puntualizar en que la propuesta de conceptualización en este análisis planea su vinculación a la utopía, pero no a una utopía reconocida como quimera, o ilusión, sino todo lo contrario, a una propuesta concreta y empírica que permite observar en terreno los habitas e inserciones críticas en la realidad de los actores del campo emprendedor. La emancipación se define como la oportunidad de desarrollar tres capacidades: tener una visión crítica de la realidad, reconocer sus límites y proponer un proyecto de transformación sobre ella, siempre en el ´ámbito del trabajo emprendedor. Este proyecto de cambio y transformación de la realidad se gesta atravesado –condicionando y siendo condicionado a la vez– por diversas formas y especies de capitales que lo hacen posible.

Las especies de capitales del campo emprendedor y el nacimiento del capital pontífice

Acerca del capital económico

García-Valdecasas Medina (2011: 135) en un análisis introductorio, (aunque su foco de investigación se orienta sobre el capital social) expone acerca del capital:

El término “capital” hace referencia a los recursos que se invierten para obtener beneficios. Según Karl Marx ([1849] 1933) el capital emerge en las relaciones sociales de explotación entre capitalistas y trabajadores. En el esquema marxiano, la clase explotadora recoge el valor añadido generado por el trabajo proporcionado por la clase explotada; así pues, los burgueses -que poseen los medios de producción- pueden acumular capital, mientras que los proletarios no. Sin embargo, para Adam Smith (1937) el capital incluye todas las habilidades prácticas y adquiridas por parte de los individuos; desde esta perspectiva, el capital no solo recae en los capitalistas sino también entre los trabajadores. Por tanto, los trabajadores se han convertido también en capitalistas no porque posean medios de producción, sino por tener habilidades y conocimientos de valor económico.

La tensión manifiesta entre la noción de capital de Marx y la de Smith pone en evidencia la articulación posible de capitales y las tasas de reconversión que los mismos son capaces de experimentar, por ejemplo, el capital cultural puede convertirse en capital social y luego, en económico, como así también en simbólico. Es decir, un título académico (capital cultural institucionalizado) permite a quien lo porta, formar parte de un círculo o espacio social (capital social) que puede brindarle acceso a determinadas relaciones o vinculaciones, por ende, el acceso a puestos de trabajo, en lugares clave, bien remunerados (capital económico), lo cual generar ‘a para la persona distinción y reforzar a los vínculos de pertenencia a determinados espacios sociales (capital simbólico), en un círculo que se retroalimenta constantemente.

Bourdieu (2014a: 90) reafirma el planteo de las tasas de reconversión sumando al capital social como factor a considerar:

Todo agente económico es una suerte de empresario que busca sacar el mejor rendimiento de recursos escasos. Pero el éxito de sus emprendimientos depende, en primer lugar, de las posibilidades que tiene de conservar y aumentar su patrimonio dado su volumen y estructura; y, a su vez, de las magnitudes y los instrumentos de producción y reproducción que posee y controla. En segundo lugar, depende de sus disposiciones económicas (en el sentido más amplio), es decir, de su propensión y de su aptitud para aprehender esas posibilidades.

Estos dos factores no son independientes: las disposiciones respecto del porvenir (entre las cuales las disposiciones económicas son una dimensión específica) dependen del porvenir objetivo de su patrimonio –que de por sí está en función de las estrategias de inversión de las generaciones previas-, es decir, de la posición actual y potencial del agente o del grupo de agentes tomado en consideración en la estructura de la distribución del capital (económico, cultural y social) entendido como poder sobre los instrumentos de producción y de reproducción.

Lo expuesto permite construir una definición de capital, en su tipología económica, que intenta ganar en precisión para denominarlo y distinguirlo, la misma se expone como el recurso dinerario propiamente dicho, y el conjunto de bienes objetivos que permiten generarlo (accesos a créditos, materias primas, maquinarias para producción y espacios físicos para ella).

Acerca del capital cultural

La noción de capital cultural surge como hipótesis para dar cuenta de la desigualdad del rendimiento escolar en los niños, pertenecientes a distintas clases sociales, con las consecuentes distribuciones y posesiones de capital cultural de las clases y fracciones de clases. (Bourdieu, 2014a).

Este planteo se desprende y diferencia de las concepciones que atribuyen al éxito o fracaso escolar, condiciones propias de aptitudes, vinculadas a las teorías de capital humano.

Para definir al capital cultural es importante explicitar las tres formas bajo las cuales puede existir, dado que ´estas caracterizan su concepción ontológica:

[...] en estado incorporado, es decir, como disposiciones durables del organismo; en estado objetivado, como bienes culturales, cuadros, libros, diccionarios, instrumentos, máquinas, que son la huella o la realización de teorías o de críticas de esas teorías, de problema ‘ticas, etc.; y por último en estado institucionalizado, forma de objetivación que debe considerarse por separado, porque según puede notarse a propósito del título escolar, confiere propiedades totalmente originales al capital cultural que garantiza (Bourdieu, 2014a: 214)

Así, queda de manifiesto que en el análisis de las inversiones educativas (y, por ende, culturales) debe considerarse también la medición de la transmisión domestica del capital cultural, puesto que ello condiciona las actitudes y aptitudes de los individuos “[...] el rendimiento económico y social del título escolar depende del capital social, también heredado, que puede ser puesto a su servicio”. (Bourdieu, 2014a: 214)

Para el presente análisis el capital cultural se conceptualiza como un recurso, que desde la incumbencia de los tres estados que lo definen (incorporado, objetivado e institucionalizado), puede favorecer procesos de incorporación de conocimientos sobre determinadas áreas de interés –en esta instancia, particularmente, en el campo emprendedor–. Por ello, los aspectos vinculados a capacitaciones, modalidades de capacitaciones y habilidades que promuevan, material bibliográfico, otorgamiento de certificaciones y titulaciones –propuestas desde los programas de política pública emprendedora– se constituyen en aspectos que identifican al referido capital.

Acerca del capital social

El capital social distingue el principio de los efectos sociales, los cuales, si bien pueden aprehenderse a nivel de agentes singulares, no se reduce a ellos. El capital social posee la particularidad de afianzarse en las relaciones que los actores/agentes puedan establecer. Es decir, el capital social se construye de modo relacional, en los vínculos gestados por individuos en grupos humanos (familiares, de amistades, laborales, entre otros) y se consolida con su mayor uso.

Es prioritario destacar que, si bien el capital social requiere de las redes sociales para producirse, no debe confundirse con ellas.

[...] el desarrollo del concepto “capital social” y su actual influencia en las ciencias sociales se debe fundamentalmente a los estudios de Pierre Bourdieu (1986), James Coleman (1988; 1990), Nan Lin (2001) y Robert Putnam, (1993; 1995; 2000). La definición estructural de capital social se deriva fundamentalmente de los trabajos de Bourdieu, Coleman y Lin. Dichos autores definen el capital social como un conjunto de recursos disponibles para los individuos derivados de su participación en redes sociales.

[...] Para Bourdieu -y a diferencia de Coleman- el capital social es un mero disfraz del capital económico: “el capital económico es la raíz de todos los otros tipos de capital” y “todos los tipos de capital son reductibles en última instancia a capital económico” (García-Valdecasas Medina, 2011: 139).

Por lo expuesto, se concibe como “el conjunto de recursos actuales o potenciales ligados a la posesión de una red durable de relaciones más o menos institucionalizadas de Inter conocimiento y de Inter reconocimiento”; puede entenderse también como la pertenencia a un grupo de diferentes agentes que están unidos por vínculos permanentes y útiles. (Bourdieu, 2014a: 221)

Según Baquero (2004: 51) para autores como Putnam (1999) el capital social se concibe como el desarrollo de la confianza recíproca que se da entre los ciudadanos, con el objetivo de resolver problemas que implican o involucran la acción colectiva. Fukuyama (1999) lo define simplemente como el conjunto de valores informales, o normas compartidas entre los miembros de un grupo, que posibilita la cooperación entre ellos. Para Coleman, el bienestar de una nación, como así también su capacidad o habilidad para competir están condicionados por una característica cultural altamente significativa, que tiene que ver precisamente con el nivel de confianza inherente en la sociedad. Dicho nivel de confianza es lo que se define como capital social. Autores clásicos, como Adam Smith, reconocían que la vida económica estaba vinculada a la vida social y que no podían entenderse de manera desmembrada la una de la otra, porque las costumbres morales y hábitos de la sociedad influyen en las decisiones económicas que dicha sociedad toma. Es decir, no sería posible desvincular la cultura del ´ámbito económico.

Aquí, el capital social se interpreta como el recurso que permite gestar una red de relaciones y vínculos (dados en diversos senos, familiares y/o institucionales) estables y reconocidos por al agente, que representan capacidad para generar valor, confianza y beneficios (objetivos y simbólicos). Esta tipología de capital podrá reconocerse en el fortalecimiento de redes y vínculos sociales, asociada a las oportunidades de participaciones, de los actores emprendedores, en diversos espacios.

Acerca del capital simbólico

Esta tipología ha sido definida como la forma que toman y/o adoptan las distintas especies de capital (económico, cultural y social) al ser percibidas y reconocidas como legítimas (Martínez García, S/F: 8 y 9). Opera según la lógica de la distinción y la diferenciación, y por lo tanto es vano perseguir su distribución igualitaria. Definir la frontera de sus derechos resulta complejo, puesto que no se encuentra determinada por instituciones políticas, sino vinculado a la persona o a la posición social, por ende, no puede comprarse o venderse en el mercado, es decir, circular como mercancía.

Bourdieu (2014a: 199) explica que todo intento de clasificación científica de los agentes sociales debe considerar que estos se caracterizan objetivamente por dos propiedades: por una parte, los materiales, inherentes al mundo físico, las cuales son factibles de medirse, se constituyen en cuerpo; por otra, las simbólicas “que les sobrevienen en su relación con sujetos capaces de percibirlas y de apreciarlas, y que demandan ser interpretadas según su lógica específica”.

El capital simbólico se concibe aquí como un recurso derivado de la confluencia de los capitales económico, cultural y social que puedan combinar y articular los programas públicos de fomento y apoyo emprendedor, y que, alcanzando a los emprendedores vinculados a ellos, sea capaz de generarles prestigio, reconocimiento y beneficios por pertenecer; siempre contemplando la premisa de que dicho recurso es conocido y reconocido; y por tal motivo, genera interés de apropiación.

La emergencia: el capital pontífice

El análisis y la indagación sobre las diversas formas y especies de capital llevada a cabo en campo, en vínculo a los procesos emprendedores, y observándolas en perspectiva emancipatoria, ponían en evidencia un vacío conceptual para explicar y/o explicitar ciertos procesos. Ello impulso el “momento eureka”, como par ‘abola, para explicar la creación del denominado capital pontífice.

Resultan validas aquí algunas aclaraciones pertinentes sobre los momentos de producción de conocimiento.

“El problema con las historias ’eureka’ es que comprimen décadas de trabajo en un solo momento”, señala la historiadora de ciencia Anna Marie Roos de la Universidad de Lincoln. Además, dice, a menudo esconden la verdadera genialidad de los científicos. En este caso, por ejemplo, la caída de una manzana por sí sola no puede explicar la órbita de la Luna. Para entenderla [Newton] tuvo que tener en cuenta otra fuerza que ya había sido formulada anteriormente: la de la inercia. Básicamente dice que un cuerpo no puede cambiar por sí solo su estado inicial, ya sea en reposo o en movimiento rectilíneo uniforme.

Lo que Newton dedujo fue que tenía que haber otra fuerza además de la inercia actuando sobre la Luna pues, de no ser así, ´esta habría salido disparada en línea recta hace mucho tiempo.

“Entonces tienes: una ley que aplica en todo el Universo, la de la inercia, y la caída de una manzana, que lo lleva a la gravedad”.

Es la combinación de esas dos fuerzas la que la mantiene a la Luna en ´orbita, sin salir disparada ni -como la manzana- estrellarse contra la Tierra. “Y esa es una característica típica de genios: unir ideas dispares.” “Esa habilidad de tomar sucesos mundanos, observarlos y expandirlos a algo más profundo es lo que les hace geniales”, subraya Roos. (Ball, P, 2020)

El planteo precedente intenta valorar la experiencia científica de Newton –o más precisamente, lo que pueden describir algunos autores respecto al trabajo por ´el desarrollado- para aprehender de dichos procesos y sustentar el momento de creación de esta nueva forma y especie de capital.

Entonces... ¿será que debemos desestimar todos esos románticos” momentos eureka desechar esas visiones de científicos bailando de la emoción tras descubrir algo que estuvo por tanto tiempo oculto?

“Eureka” se traduce más o menos como” lo he encontrado”, y aparece una y otra vez en las historias populares de la ciencia.

Para su libro, McLeish hablo´ con muchos científicos sobre sus” momentos eureka, según le dijo a la BBC, empezó a emerger un patrón.

Ocurrían en los que yo llamo ’momentos liminales’ (del latín limes “límite” o “frontera”).

Son los ’momentos umbral’, cuando se está pasando de un entorno a otro, y por alguna razón pones tu cerebro en neutro por una fracción de segundo.

“Por alguna razón, solo en ese momento, puede hablarte esa parte de tu mente de la que normalmente no estas consciente pero que en todo caso esta´ trabajando -en una variedad de formas creativas que no comprendemos- el material que conscientemente has estado tratando de entender en vano”.

McLeish no obstante subraya que esos momentos no vienen de la nada: ocurren cuando has estado examinando algo por mucho tiempo, a veces obstinadamente probando una misma solución y sin permitirte un recreo sentado bajo un ´árbol de manzanas. (Ball, P, 2020)

Así, dadas las conceptualizaciones de los capitales económico, cultural, social y simbólico, se tornó necesaria una revisión respecto de cómo estos posibilitaban a la persona emprendedora desarrollar un proyecto emancipador. Resulta interesante destacar que, el campo evidenciaba que los capitales requerían de una articulación, una sinergia, una manera de combinarse entre ellos para potenciarse como estratégicos; es decir para permitir a la persona emprendedora direccionar los proyectos que se proponía iniciar desde una perspectiva más compleja.

Esto llevo a pensar una nueva forma de capital, una categoría que revistiera una condición de transversalidad a las restantes. Así nace el capital pontífice. Aludiendo a su origen etimológico, se lo conceptualiza como el capital que construye los puentes requeridos entre las distintas formas de capitales, que le permiten a la persona emprendedora apropiarse y hacer uso de ellos. El concepto pontífice deriva del latín y está constituido por el prefijo pontos que significa “puente” y el sufijo ´fice que refiere al “constructor”. El significado literal de la palabra pontífice se presenta asociado al constructor de puentes. De esta manera, el pontífice pasa a configurarse como una especie intrínseca de capital que se gesta en la persona que emprende.

Desde luego que, dicha generación se encontrar ‘a signada por las condiciones sistémicas que se den en el contexto y por la formación del emprendedor (vinculada a su educación o a los aprendizajes y experiencias de vida, los cuales a su vez pueden ir fortaleciéndose), que le permitir ´an combinar lo individual y personal con lo dado o provisto por el afuera, es decir, por la articulación entre la estructura objetiva y la subjetiva, que involucra el habitas. En relación a la generación de las condiciones sistémicas, el Estado asume una alta implicancia desde las políticas que geste referidas y/o vinculadas al desarrollo emprendedor. Asimismo, los actores y los procesos también influir ´an en los tipos de puentes construidos, dado que son quienes facilitar ´an los capitales al emprendedor. De esta manera sería posible formular una clasificación de los tipos de capitales desde la perspectiva del emprendedor, en extrínsecos e intrínsecos. Dentro de los primeros se ubicaría a los capitales económico, cultural, social y simbólico; y dentro de los segundos, al capital pontífice, dado que se concibe como gestado o potenciado desde el sujeto emprendedor, desde su singularidad e inserciones críticas en la realidad. La incorporación del capital pontífice potenciaría la vinculación de los capitales extrínsecos, posibilitando gestar o promover un proceso emancipatorio para el sujeto emprendedor.

Como se mencionó anteriormente, el Estado, a través de las políticas públicas, debe arbitrar los medios para crear condiciones sistémicas que permitan acceder a capitales extrínsecos y desarrollar el capital intrínseco, con el fin de promover un salto hacia la complejidad de las interacciones entre las formas de capitales en juego y los diversos campos. De lo contrario, podría asistirse a la promoción de un pseudo emprendedorismo que se oriente en fomentar un desarrollo local desdibujado. O al decir de Freire, a gestar políticas asistencialistas, antes que políticas que promuevan la emancipación de los ciudadanos involucrados.

El proceso de creación de la categoría capital pontífice resultó arduo, implico años de trabajo para recabar informaciones en campo, de análisis, comprensiones e interpretaciones. Se estructuro desde intercambios dialecticos con diversos actores del campo emprendedor, de cada uno de los municipios involucrados, e implico el estudio de los diferentes momentos temáticos propuestos con los actores, en un análisis minucioso de los contextos y los aspectos del lenguaje (afirmaciones, aclaraciones, contradicciones, risas, silencios y expresiones recurrentes) indagados en los relatos. Todos ellos, fueron abordados desde la metodología de un estudio de casos múltiples, de tipo instrumental. Si bien, para los estudios de casos, se señalan algunas debilidades, tales como el problema del sesgo de selección, el riesgo de sobrerrepresentar la particularidad del caso y la capacidad limitada de generalización (Ortega Expósito, 2012: 84); los autores que se posicionan a favor de estos expresan que tal vez en ocasiones “El estudio de caso podría ser la u ‘nica vía para el conocimiento por ruidosa, falible y sesgada que sea.” (Campbell, 1975: 179-190 en Ortega Expósito, 2012). Sumando que “a veces simplemente tenemos que mantener los ojos abiertos y observar casos individuales, no con la esperanza de demostrar nada sino más bien con la esperanza de aprender algo.” (Eysenck, 1976: 9, en Ortega Expósito, 2012: 86).

[...] tanto la historia de Newton como la de Arquímedes hablan sobre la necesidad de silenciar la mente y permanecer contemplativos. También sobre unir las cosas que parecen distintas: una manzana que cae y la gravedad, una bañera que rebosa y la gravedad específica. Nos dice que la creatividad necesita espacio para florecer. Y que muchos científicos tienen ideas creativas cuando juegan. Es la esencia de una idea. No te da una perspectiva sobre los pasos o las partes preparatorias, pero a la gente le encanta porque simplifica las cosas quita toda la parte de trabajo duro. Es una analogía que todo el mundo entiende. Las historias eureka comprimen décadas y décadas de trabajo en un solo momento de inspiración. Son como para ‘bolas. (Newman, 2017)

Por lo expuesto, el capital pontífice puede nominarse como una categoría que opera desde el actor emprendedor, pero influenciado por los actores públicos e institucionales vinculados a los programas de política pública emprendedora, siendo condicionado y condicionando a su vez por los procesos de perspectiva y prospectiva estratégica[3] que dichos actores promuevan, y por cómo se plantea la construcción de capacidades[4]. Asimismo, puede afirmarse que esta forma de capital encuentra semejanza en el estado incorporado en el cual puede existir el capital cultural, puesto que demanda de una inversión directa de tiempo de la persona para su desarrollo. Sin embargo, se distingue de este, ya que, lo contiene, para articularlo al resto de las formas o especies de capital y otorgarle así al emprendedor la posibilidad de construir un proyecto. A su vez, dicha construcción encuentra sus cimientos no circunscripta a un sujeto emprendedor como individuo sino, y fundamentalmente, en las formas de socialización que este experimente, en los vínculos que pueda gestar y en los modos en que sea atravesado por las lógicas culturales, económicas, políticas e institucionales. Estos factores influyen en la posibilidad que encuentre la persona para construir capital pontífice; puesto que un proyecto emprendedor aspira a promover en el actor protagónico un proceso de liberación, de autogestión, de autorrealización fundamentalmente en su mundo del trabajo, es decir un proyecto emancipador que lo transforme en auctor –al decir de Bourdieu, modo de definir a la persona como autor y actor de su trayectoria de vida– de su propio porvenir, en el marco del complejo campo social.

La investigación cualitativa, el paradigma interpretativo y los criterios de validez y confiabilidad que sustentan la categoría capital pontífice

La investigación cualitativa merece credibilidad por el proceso propuesto en el trabajo de campo. La forma de medir y garantizar cientificidad de los resultados cobra sentido desde nociones propias de los procesos y metodologías cualitativas, focalizados en este análisis en el paradigma interpretativo.

Pensar, hablar, sentir, percibir, dar un destino a las manos liberadas del casi exclusivo apoyo del cuerpo para moverse, comprender y comunicar lo comprendido, comparar, valorar, evaluar, optar, emprender nuevos caminos, decidir, aprehender, aprender, enseñar, poder hacer o no hacer las cosas, idear, vivir socialmente, todo esto destaco´ en el ser que fue capaz de ello la importancia indiscutible de su conciencia. Conciencia del otro y de sí como un ser en el mundo, con el mundo y con los otros [...]. (Freire, 2014d: 146).

La elección de una metodología de investigación no solo define los métodos, sino que es capaz de poner en evidencia las preferencias de la investigadora o investigador en cuanto a modalidades para vincularse con los actores, los procesos, los espacios, en definitiva, con el objeto de estudio propuesto.

Los estudios de casos múltiples proponen una forma singular de producir conocimiento generalizable (Simons, 2009), en la cual la oportunidad se encuentra implícita a través de algunos procesos clave, como, por ejemplo:

a    La generalización de conceptos: implica pensar conceptos que permitan ilustrar especies de categorías propias del caso, a los fines de poder generalizarlas incluso cuando las circunstancias específicas resulten diferentes. En este tipo de generalización se sustenta la emergencia del capital pontífice, tipología que posibilita construir los puentes entre las formas o especies restantes de capitales (económico, cultural, social y simbólico). Por otra parte, al resultar una emergencia del campo en estudio, no es factible ubicar teoría y autores previos que lo desarrollen y/o amplíen. Dicho proceso podría darse a futuro, con nuevas investigaciones que profundicen y construyan conocimiento sobre el particular.

b   La generalización de procesos: se asemeja al planteo previo concibiendo que es el proceso cuyo origen está en el análisis de uno o varios casos y que resulta transferible aun cuando los contenidos y el contexto de los casos puedan ser diferentes. Este es el tipo de generalización que referencia que el cómo de la influencia de los capitales para emancipar puede explicarse a través de relaciones entre actores signadas por mayores o menores grados de confianza hacia los procesos de autonomía y autogestión que las personas emprendedoras son capaces de construir. Para el caso del municipio de Rafaela, es el propio actor gestor quien reconoce la dificultad para “soltar” a los emprendedores y superar el paternalismo. Los procesos de capacitación –la disponibilidad de capital cultural- se dan de modo muy bien pautado y dirigido. La propia emprendedora reconoce la dificultad para sortear la dependencia generada. Para el caso del municipio de Santa Fe, es la misma emprendedora quien advierte y destaca el apoyo recibido, pero a la vez, los logros alcanzados con el esfuerzo y cansancio propios. Las situaciones descriptas resultan evidencias objetivas de las relaciones gestadas y de las oportunidades que las mismas pueden generan u obturar. Es decir, la generalización a aplicarse en los casos refiere a los vínculos y los procesos de autonomía y autogestión que permiten construir.

Las formas de generalización antes descriptas posibilitaron las interpretaciones de los casos, alentando las emergencias y conclusiones del proceso de investigación desarrollado.

Respecto a los criterios de validez y confiabilidad para las investigaciones orientadas en una perspectiva interpretativista, el debate encuentra diversas posturas y posiciones. Para Yin, por ejemplo, el paradigma interpretativo o naturalista requiere de criterios propios de validez. Lincoln (1985), destaca que tampoco existe consenso respecto a cuáles serían los criterios más adecuados para atender a la calidad de los resultados. Maxwell (1992) por su parte, plantea atender a diversas caracterizaciones de validez, la descriptiva, la interpretativa y la teórica, observando también la generalidad y validez evaluativa. Skrtic (1985) desde una orientación comprehensiva alude a criterios que denomina de credibilidad, transferibilidad, dependencia y conformabilidad. (Tarrés, 2015: 244 y 245). Estos últimos permiten dotar de cientificidad a la categoría emergente.

Por credibilidad se comprende al valor de verdad de la investigación, la misma se resolvió mediante la observación persistente (contemplada en cada uno de los encuentros con los actores), la triangulación (mediante diversidad de fuentes de datos: análisis documental de los programas de política pública, entrevistas semiestructuradas con actores gestores de dichas políticas e historias de vida de emprendedoras) con el fin de contrastar para confirmar datos e interpretaciones, y el control de miembros.

La transferibilidad se sustentó en el muestreo teórico intencional y desde las descripciones densas de actores, espacios, procesos y vivencias propias del campo emprendedor; lo cual le otorga a la investigación la oportunidad de replicación en otro contexto.

La dependencia, comprendida como el proceso de control, es decir, la auditoria, como así también el criterio de conformabilidad fueron concebidos desde las diversas intervenciones de actores externos vinculados al proceso investigativo (directora, codirector, jurado del tribunal evaluador). Aportando todas ellas a orientar y ganar en claridad y precisión sobre la construcción de conocimiento propuesta.

Así, las reglas para llevar adelante las observaciones, el registro de la información y las interpretaciones de los resultados se protocolizaron, para garantizar la cientificidad de la investigación y, por ende, el respaldo y sustento que sostuvieron y sostienen a la categoría emergente de capital pontífice.

El trabajo en la investigación cualitativa es complejo y minucioso. Y requiere de este tipo de controles para cumplir con las reglas mínimas que aseguren que se trata de un trabajo científico y permita separase, por tanto, del impresionismo o del estilo periodístico”. (Tarres, 2015: 115).

El momento eureka de la categoría capital pontífice ha sido fruto de un largo proceso de indagaciones, análisis, deconstrucción y construcción de conocimiento en un trabajo dialógico con todos los actores involucrados.

¿Qué contaron los casos de los municipios de la provincia de Santa Fe?

El municipio de la ciudad de Rafaela, a través de los relatos de los actores y de la historia de vida emprendedora, permitió describir la esencia de una ciudad en la cual la cultura emprendedora se enarbola como capital simbólico de relevancia. El desarrollo emprendedor promovido desde una política pública[5] que lleva décadas de implementación, se sostiene con el aporte de recursos concretos que se ponen a disposición como estructura objetiva del campo emprendedor. Desde una perspectiva de Desarrollo Económico Territorial (DET), con apuestas a lograr la diversificación de la matriz productiva, generar empleo genuino y aportar a procesos de inclusión en el ´ámbito laboral “Rafaela Emprende” propone una estructura definida, muy bien pautada, programada y sostenida en el tiempo, que, en ocasiones, deja escasos ´ámbitos para la puesta en juego de la subjetividad de la persona emprendedora, resultando ello un camino que reduce las potencialidades de un proceso emancipatorio emprendedor. Las priorizaciones de capitales fueron presentadas –por la emprendedora– dando el primer lugar al capital cultural, seguido del social, el simbólico y, finalmente, el económico.

En el caso del municipio de la ciudad de Santa Fe, la impronta del programa de política pública “Yo Puedo” orientada en bases conceptuales de la Economía Social y Solidaria (ESS) pone en evidencia un entramado de implementación que da lugar y estipula espacios concretos (de diálogos, intercambios, aportes y formación en procesos de empoderamiento) que promueven un involucramiento activo y reflexivo de la persona emprendedora. Ello facilita el desarrollo de tres procesos importantes para el campo emprendedor: 1) el de autosocioanalisis individuales y colectivos, posibilitando un estudio del escenario actual y de las fuerzas (internas y externas) que condicionan dicho escenario; 2) el de perspectiva, análisis del escenario actual y, 3) el de prospectiva estratégica, comprendiendo los posibles caminos y asignación de recursos que serán necesarios para el logro de determinados objetivos previamente pautados.

Los capitales fueron priorizados, desde la perspectiva de la persona emprendedora, en el siguiente orden: capital social, simbólico, cultural y económico.

En relación a los vínculos generados entre actores, el caso del municipio de Rafaela deja evidencias concretas de ser un proceso más guiado y paternalista. Para el caso del municipio de Santa Fe, las diferentes instancias demarcan una mayor apertura a la puesta en valor de la subjetividad de la persona emprendedora, con todos los riesgos y desafíos que ello implica en el espacio social emprendedor.

El rol activo atribuido a la persona emprendedora, en la demanda de articulación de sus mundos objetivo y subjetivo, es lo que propicia el desarrollo de capital pontífice. Esta emergencia se advierte más claramente en el caso del municipio de Santa Fe. Es el capital pontífice la especia que favorece y/o propicia el logro de una visión crítica de la realidad, la posibilidad de identificar los límites en ella y la oportunidad para pensar y diagramar una propuesta de cambio sobre dicha realidad. Es decir, el capital pontífice se visibiliza como el recurso clave para gestar proyectos emprendedores en perspectiva emancipatoria

Conclusiones

El desarrollo emprendedor, y la apuesta a la promoción de emprendimientos socio productivos, lograr ‘a emancipar a las personas emprendedoras en tanto y en cuanto sea capaz de poner en valor el mundo subjetivo de ellas, y les posibilite, consecuentemente, la gestación y desarrollo de capital pontífice.

Esta categoría emergente del proceso de investigación, permite a la vez, dar relevancia a las intervenciones de los Estados (nacional, provincial y municipal) en su rol de garantes de condiciones de vida dignas para todos los ciudadanos.

Entonces, la disposición de estructura objetiva (disponibilidad de los recursos que demanda el campo emprendedor, con sus reglamentaciones y normativas) debe ser considerada por los Estados, fundamentalmente, atendiendo a la heterogeneidad de trayectorias de vida de quienes emprenden. En dicho escenario, las personas, podrán articular su mundo subjetivo a la estructura objetiva propuesta y lograr inserciones críticas en la realidad, mediando la construcción de capital pontífice. De esta manera, la emancipación emprendedora podría resultar -bajo las condiciones descriptas de gestación y puesta en valor del capital pontífice- un aporte de política pública al desarrollo de los territorios.

 

Bibliografía

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[1] El presente artículo se estructura post defensa de mi tesis doctoral (titulada: “La influencia de los capitales estratégicos y su potencial emancipador en la persona emprendedora” Los casos de dos municipios de Santa Fe, Argentina en el periodo 2011 – 2015) en la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), realizada en octubre de 2022, en la formación del Doctorado en Ciencias Sociales. Agradezco a los jurados las devoluciones cursadas, las disidencias expresadas, como así también los acuerdos y consensos manifestados, todos ellos posibilitan continuar la inacabada tarea de producir conocimiento en perspectiva de contribuir al desarrollo de un mundo más inclusivo, equitativo, justo y solidario. Denominación de una forma de generalización acuñada por el antropólogo estadounidense Erickson, Federick (1986), la cual surge en las investigaciones cualitativas, desde los propios relatos de los actores. Por este motivo, Erickson afirma que el investigador cualitativo más que realizar descubrimiento lo que genera son asertos. (Stake, R, 1999: 46)

 

[2] La noción de capital se aleja en este planteo de una dimensión unívoca asociada al dinero o como factor exclusivamente económico, para comprenderse e interpretarse como un recurso que es prioritario, cabeza, principal, ello derivado de su concepción etimológica: Capital (adjetivo) “principal”. Del latín capitalis “principal”. Literalmente, de la cabeza, de capit – radical, de caput “cabeza” + alis “de”, “al” esto último lo “relativo a”. (Gómez de Silva, 1998: 140)

 

[3] Para ampliar ver Vásquez, Becerra y otro (2014: 51) Prospectiva y política pública para el cambio estructural en América Latina y el Caribe. N 129 (LC/G.2622-P), Santiago de Chile, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

 

[4] Para ampliar ver Costamagna y Larrea (2017). Actores facilitadores del desarrollo territorial. Una aproximación desde la construcción social. Ed. Publicaciones Universidad de Deusto.

 

[5] El análisis involucro el documento del programa Rafaela Emprende instrumento técnico de la política pública emprendedora. Rafaela Emprende nace en el año 2009 en un trabajo de articulación público-privado, en el cual se vinculan diferentes instituciones de la ciudad.

 

 

NUEVAS PROPUESTAS, REVISTA DE LA UCSE

Nro.59 – DICIEMBRE 2022

3. Argentina ¿es un país con alta presión fiscal?

Is Argentina a country with high fiscal pressure?

Gustavo Fino

CPN. Magister en administración pública. Docente UCSE DAR

gfino2015@gmail.com

 

 

Resumen

A pesar que en Argentina la presión tributaria se incrementó en relación al PIB en las últimas décadas, ubicándose solo detrás de Brasil entre los países latinoamericanos, a veces suele maximizarse el argumento de su alta presión tributaria, indicando que somos unos de los países con mayor carga tributaria a nivel mundial.

Existen por lo menos dos maneras de calcular la presión tributaria: la legal (PTL) y la efectiva PTE). La primera surge del cociente entre la recaudación y el PIB y la segunda es la que resulta de la recaudación Teórica y su relación con el PIB, es decir sin evasión. El problema con usar la PTE es que subestima la presión tributaria sobre los contribuyentes formales ya que la PTE esta afectada por los niveles de evasión.

El trabajo realizado se basa en un caso práctico tomado de la realidad. Para ello se consideraron los ingresos de una familia escogida para el presente trabajo y se procedió a calcular la incidencia de tres clases de tributos (impuestos, tasas y contribuciones) que recaen sobre los ingresos, patrimonio y consumo.

Vale aclarar que a los efectos del cálculo no se tomó en cuenta el llamado “impuesto inflacionario” más allá que sabemos que afecta directamente a las familias y empresas del país. Los resultados encontrados muestran la importancia de estimar la PTL para un caso particular. A este resultado no se lo puede extrapolar al resto de las familias argentinas a no ser que cumplan con la mayoría de los supuestos tomados para los cálculos realizados.

Palabras clave: presión tributaria legal, presión tributaria efectiva, tributos, ciudadanía fiscal.

Abstract

Although in Argentina the tax pressure has increased in relation to GDP in recent decades, ranking only behind Brazil among Latin American countries, sometimes the argument of its high tax pressure is maximized, indicating that we are one of the countries with the highest global tax burden.

There are at least two ways to calculate the tax pressure: the legal (PTL) and the effective PTE). The first arises from the ratio between collection and GDP and the second is the one that results from theoretical collection and its relation to GDP, that is, without evasion. The problem with using the PTE is that it underestimates the tax pressure on formal taxpayers since the PTE is affected by the levels of evasion.

The work carried out is based on a practical case taken from reality. For this, the income of a family chosen for this study was considered and the incidence of three types of taxes (taxes, rates and contributions) that fall on income, assets and consumption was calculated.

It is worth clarifying that for the purposes of the calculation, the so-called “inflationary tax” was not taken into account, beyond what we know that it directly affects families and companies in the country.

The results found show the importance of estimating the PTL for a particular case. This result cannot be extrapolated to the rest of the Argentine families unless they comply with most of the assumptions made for the calculations made..

Keywords: legal tax burden, effective tax burden, taxes, tax citizenship.

Introducción

En los últimos años, en nuestro país existen diversos estudios algunos científicos y otros con meras expresiones del “deber ser”, sobre un tema en que lo particular moviliza a varios sectores de la sociedad argentina directamente como políticos, empresarios, académicos, especialistas tributarios e indirectamente, a la gran mayoría de la población.

Desde hace tiempo, medios de comunicación con cierta subjetividad y afectado por intereses no siempre tan claros y poco exteriorizados, dan espacios a economistas y/o especialistas tributarios que tratan, muchas veces con poca cientificidad o datos empíricos de dudosa procedencia, temas como; la “alta presión fiscal” que sufren las personas de a pie y las empresas o la gran cantidad de “impuestos” que existen en nuestro país que ahogan al empresariado, ahuyentan la inversión, propician la evasión, aumentan la informalidad laboral entre otros males.

Como podrá observarse, los supuestos impactos nocivos de la gran cantidad de impuestos existentes y la consecuente alta presión fiscal que sufren los agentes económicos son las dos condiciones necesarias (y suficientes) para estos males sociales de estas “máximas” o “verdades consumadas”, la racionalidad que los mueve deviene del pensamiento neoliberal “conservador”.

Como es de suponer de este tipo de pensamiento heredado de pensamiento neoclásico monetarista, boga por un Estado en su más mínima expresión, que solo dedique sus esfuerzos para garantizar la tan anhelada (por algunos) seguridad jurídica y la provisión de bienes sociales básicos como Justicia, Seguridad y Defensa Exterior. Algunos más moderados aceptan que el Estado pueda proveer “algo” de salud y educación dejando el resto de las actividades en manos del “mercado”.

Por lo que al pregonar una idea acabada del “estado mínimo” entonces como consecuencia se deberían quitar tributos y/o bajar sus alícuotas. Volviendo al tema que ocupa el presente trabajo, hace poco tiempo atrás el IARAF (Instituto Argentino de Análisis Fiscal) público un informe llamado “Vademécum Tributario argentino 2022”.

Este informe expone la existencia de un centenar de tributos nacionales, provinciales y municipales que se tomará como base para desarrollar el trabajo sobre un caso real, así como también el documento de trabajo “Una comparación internacional de presión tributaria legal sobre familias y empresas: ¿Es alta la presión tributaria en Argentina? - Año 27 – Edición N” 215 – 29 de Diciembre 2021” para poder así aplicar los conceptos vertidos en dichos documentos sobre un caso real. Las reflexiones finales pretenden aportar los conceptos tratados aplicados a un caso real y poder concluir sobre si es alta o no la presión fiscal en Argentina para este caso en particular, sin tener las herramientas para poder inferir sobre el resto de los demás sujetos contribuyentes.

¿Qué impacto social tiene la existencia de 165 tributos nacionales, provinciales y municipales?

Si uno analiza el discurso (por sí muy sesgado) de ciertos especialistas tributarios y economistas, rápidamente uno puede entender que su postura es contraria a cualquier impuesto (tributo). Y pareciera entendible ya que nadie se siente feliz pagando impuestos comparado con la felicidad que uno podría tener al momento de efectuar un gasto en unas hermosas vacaciones en algún del Caribe o en algún lugar de la Patagonia.

Incluso algunos legisladores o políticos argentinos se “corren” a un extremo, posicionándose en lugares que resultan cómodos al ser “oposición” pero cuando son “oficialismo” cambian muy rápidamente de parecer. Suelen reiterar que tienen el compromiso asumido de no crear nuevos impuestos y yo me pregunto, ¿a quién le gusta pagar impuestos? El famoso ejemplo del “canto de una sirena” para los oídos de la población.

Voy a intentar dar precisiones conceptuales para ayudar al lector no especializado en entender mejor el tema en cuestión. Conviene recordar que se denomina tributo a la obligación de pago que se realiza el ciudadano contribuyente al Estado para que la provee de bienes y servicios públicos esenciales, muchas no provistos ni producidos por el mercado.

Los tributos suelen clasificarse en impuestos, tasas y contribuciones. La diferencia fundamental entre un impuesto, una tasa o derecho o contribución especial, es que en los primeros se grava una manifestación de la capacidad contributiva de la contribuyente exteriorizada en su renta, patrimonio o consumo y que no precisa ser acompañada de una contraprestación específica (individualizada por parte del Estado.

En tanto que, en el caso de las tasas, impera el principio de “retributividad”, donde los ciudadanos usuarios de servicios “efectivos” divisibles pagan el tributo como contraprestación por parte del estado de los mismos.

Por otro lado, las contribuciones especiales son obligaciones de pago que se originan cuando el estado realiza una obra o actividad que beneficia de manera concreta y directa al contribuyente mediante una plusvalía.

El tema de discusión habitual en Argentina. ¿Si la presión tributaria es alta o baja?

Hay especialistas que hablan de 2 tipos de presión tributaria: la legal (PTL) y la efectiva (PTE).

Esto es así porque la PTE surge del cociente entre la recaudación y el PIB, siendo que el numerador estar ‘a contaminado por los niveles de evasión, mientras que la PTL es la que resulta de la recaudación teórica y su relación con el PIB, es decir, con evasión cero, bajo el supuesto que todas las familias y empresas cumplen cabalmente con las obligaciones tributarias que emanan del sistema legal del país. [1]Al analizar la estructura tributaria nacional, vemos que se compone de tributos de los 3 niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal/comunal. En el trabajo “Vademécum Tributario argentino 2022” recabaron alrededor de 165 tributos de los 3 niveles de gobierno. Ese dato indicaría la cantidad de tributos en un momento histórico determinado.

Estos surgen de las legislaciones tributarias y podríamos decir que “legalmente” existen y entonces una persona física y/o jurídica podría potencialmente “caer” como sujeto pasivo de cualquiera de estos tributos siempre y cuando realice alguna actividad (económica o no) gravada o posea ciertos bienes (muebles e inmuebles), configurándose así el hecho imponible.

Ello resultaría que debería ingresar el monto del tributo resultante a cualquiera de los Fiscos.

Ahora el informe por otra parte expone que la cantidad recaudada de alrededor de una decena de tributos alcanza poco más del 90% de la recaudación total. Esto quiere decir que la estructura tributaria está concentrada en esta docena de tributos. Y no es lo mismos analizar este dato, que sugerir que un agente económico queda alcanzado por los 165 tributos. Tendría que estar al mismo tiempo presente en todos los municipios y comunas de todas las provincias en un momento dado. Imposible de hecho.

Además, hay que recordar que existen mecanismos legales interjurisdiccionales como el Convenio Multilateral que distribuye los ingresos brutos devengados en cada una de las jurisdicciones subnacionales para así evitar la doble imposición en dicho impuesto provincial y en la Tasa/Derecho de Seguridad e Higiene municipal (TSH). Por tanto, más allá que el IVA, Ingresos Brutos y la TSH graven las “ventas” (idéntica base imponible) no significa que haya múltiple imposición ya que el IVA (impuesto multifásico) grava las etapas del proceso económico, generando débitos y créditos fiscales, mientras que Ingresos Brutos y Tasa/Derecho de Seguridad e Higiene municipal gravan los ingresos brutos. En esto hay que diferenciar la figura de impuesto y de tasa; al ser 2 especies tributarias diferentes no cabe en lo más mínimo la múltiple imposición.

Muchas veces las empresas tratan de discutir administrativamente y judicialmente esto sin éxito alguno ya que 2 niveles de gobierno diferentes recurren a obtener estos tipos de recursos.

Sí es cierto que en Argentina son altos los costos de cumplimiento para los contribuyentes y los costos de administración tributaria para los fiscos porque los contribuyentes deben conocer la legislación tributaria de los 3 niveles de gobierno, declarar y pagar en los 3 fiscos, recibir fiscalizaciones y reclamos judiciales de todos o algunos de ellos, incrementado la carga laboral del asesor impositivo y por ende su costo o del gerente de impuestos de las propias empresas. El sistema tributario argentino resulta en términos de costos, COMPLEJO y COSTOSO por la cantidad y el nivel de los impuestos y por lo distorsivo de algunos de sus tributos. También resulta poco eficiente desde el punto de vista de la recaudación vs. Costos de cumplimiento/administración tributaria.

Por otra parte, en este análisis hay que agregar otros elementos ya que sino la mirada sería muy sesgada siguiendo la lógica del “homos economicus” (maximizar beneficios y minimizar costos).

Los individuos también sienten el peso de sus creencias al momento de tomar una decisión sobre cómo actuar. Y a veces, comportarse de acuerdo a las propias convicciones, poco tiene que ver con elegir la opción más conveniente desde el punto de vista económico. El ciudadano piensa, percibe, concibe e interactúa con las cuestiones tributarias y, consecuentemente, mostrará que predisposición tendrá o no a cumplir con sus obligaciones tributarias.

Quiere decir que el “ciudadano fiscal” actúa bajo más de un tipo de racionalidad; no solo la económica. El concepto de ciudadanía, presente desde los griegos, adquirió un significado nuevo en la metáfora contractualista, que explicita que el Estado ha pactado un intercambio con el ciudadano. En ese contrato, el Estado garantiza a sus ciudadanos una serie de derechos (políticos, económicos, sociales) que hacen que la vida en sociedad valga la pena; como contrapartida, le exige que se atenga a las reglas (o sea, que acepte vivir en un Estado de Derecho) y que contribuya materialmente a sostener ese pacto.

La idea de pacto fiscal nos lleva a explicarla desde 2 visiones totalmente diferentes: la de “justicia conmutativa” y la de “justicia distributiva”. La primera hace énfasis en la necesidad de establecer un pacto que protegiera al individuo y a su esfera privada; la potestad extractiva del Estado se fundamentaba entonces en que la imposición era funcional a la garantía de propiedad. Todo impuesto que excediera el valor del beneficio de la seguridad y protección del contribuyente, es ilegítimo (Duff, 2005). Entonces el impuesto sería equivalente al valor de los bienes/servicios públicos recibidos provistos por el Estado.

La segunda hace énfasis en la noción de justicia distributiva que se remonta a la Ética a Nicómaco ([circa SIVadC] 2007), en la cual Aristóteles explicaba que lo justo es lo proporcional, siendo injusto lo igual. La progresividad impositiva sería, entonces, un método de corrección social, una obligación de solidaridad ante la sociedad y, consecuentemente, la adhesión a una concepción cívica del impuesto (Crouy de Chanel, 2004). El pacto social adquiere entonces un nuevo significado, porque se supera la visión según la cual el hombre accede a vivir en sociedad por motivaciones puramente egoístas, y entran en juego valores como la solidaridad y la cohesión social. Surge la creencia de que, con ello, se contribuye al bienestar de la sociedad. De manera que cada ciudadano cumple con el pacto fiscal contribuyendo según su capacidad contributiva (equidad tributaria vertical).

Además, la “cultura tributaria” de una sociedad hace más o menos fácil entender que cada ciudadano debe contribuir al sostenimiento del Estado y esto dependerá de la percepción/idea de que tipo de Estado se quiere. Lo difícil en Argentina es que la ciudadanía en general, entra en contradicción cuando tiene matices incoherentes. Mientras que por un lado la mentalidad del “argentino medio” confía y avala un individualismo profundo como camino al crecimiento individual (meritocrático), por otra parte, considera que el desarrollo económico-social debe ser promovido por el Estado, como único responsable del bienestar social del ciudadano. También depende si el ciudadano percibe del Estado que este “devuelve” en bienes y servicios de calidad a la ciudadanía en general, sus aportes tributarios.

CASO PRACTICO

Presión tributaria legal sobre familias

Para analizar la presión tributaria legal que recae sobre las familias, se procedió a analizar el caso de una persona física que trabaja en relación de dependencia y es profesional. Jefe de familia de alrededor de 45 años, casado con 3 hijos.

Para constatar los efectos de la presión tributaria en el ingreso personal total, se consideran los tributos de los 3 niveles de gobierno que inciden sobre todas las manifestaciones de la capacidad contributiva (renta, patrimonio y consumo).

Supuestos

La persona tomada para el ejemplo obtiene un ingreso neto mensual de $280.000 y honorarios profesionales por $75.000. Su cónyuge no trabaja por lo que no percibe ingreso alguno. Posee 2 inmuebles. Una casa-habitación y una casa para recreación. Además, posee un vehículo SUV mod. 2021 y una motocicleta 110 cc mod. 2009.

Cada persona consume y/o ahorra una porción diferente de su ingreso. Naturalmente, un trabajador con mayor ingreso podrá ahorrar más que lo que cuenta como ingreso el equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil. Al momento de la elaboración del presente trabajo el mínimo no imponible está en los $47.850 pesos (7/2022).

Supongamos que además ahorra la totalidad del ingreso que percibe en concepto de honorarios profesionales a los efectos del caso práctico. Tomando como valido que la Canasta básica alimentaria según datos del INDEC está en $117.061 en promedio para una familia de 5 integrantes, sumémosle el gasto en servicios públicos (julio 2022).

ESQUEMA:

Impuestos y otros conceptos considerados sobre una familia argentina

Diagrama, Forma, Polígono

Descripción generada automáticamente

Contribuciones sobre trabajo y conceptos relacionados

En Argentina, las familias cuyos integrantes trabajan en relación de dependencia deben pagar conceptos que recaen sobre su salario. El primero son los aportes personales (junto al gremio y el ART). El porcentaje general de los trabajadores del sector privado es del 11% (jubilación). Además, los empleadores abonan las contribuciones patronales. Para el ejemplo, el porcentaje de aportes personales es del 14,5%. (régimen especial público).

En este caso dentro de la lógica conceptual de Régimen de Solidaridad Previsional, no debería ser considerado como un “impuesto”. Sería una contribución personal al Fondo de Garantía de Sustentabilidad Previsional o a cajas provinciales/municipales o profesionales. Si bien no es una contribución voluntaria sino “forzosa” por Ley, cabe en una definición más amplia de tributo ya que vendría a ser como un ahorro forzoso personal para la “seguridad” económica de su vida futura. En cambio, los impuestos se aportan y van a rentas generales, así como las tasas retribuyen algún servicio público divisible individualizado.

Para el ejemplo solo se tomarán los “aportes personales” deducido del sueldo bruto. No así los aportes a la Obra Social, ni los aportes gremiales ART.

Impuestos sobre el Consumo

El principal impuesto sobre el consumo considerado es el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Es un impuesto indirecto y “trasladable” hacia adelante lo que significa que finalmente lo pagará el consumidor final (incidencia legal =/ incidencia de facto). O sea, que percutirá sobre el “bolsillo” del consumidor final absorbiendo éste la carga tributaria. En nuestro país el IVA grava a casi la totalidad de ventas de bienes y servicios (personales y no personales). La alícuota general es del 21%, la reducida en 10,5% y en algunos servicios es del 27%.

Además de los impuestos generales sobre los consumos, en Argentina existe los impuestos internos que gravan ciertos tipos consumos específicos como ser: ciertas bebidas alcohólicas, objetos suntuarios, seguros, vehículos, embarcaciones y aeronaves, bebidas analcohólicas, gasificadas o no, telefonía celular, tabaco/cigarrillos y el impuesto a la transferencia de combustibles, siendo la mayor parte de ellos con algún efecto peruviano.

Consideraciones-NO se considera que la familia “absorbe” la totalidad de los impuestos, tanto en la compra de bienes y servicios (IVA, Impuestos Internos, IIBB, TSH, Sellos) ya que no es posible precisar si la empresa “costea” el impuesto provincial y la Tasa municipal sobre las ventas. Todo haría considerar que sí, pero no existen argumentos suficientes que validen inferir sobre la veracidad de lo expresado. Hay discusiones doctrinarias sobre el impacto del impuesto sobre los Ingresos Brutos en el costo de ventas de productos y servicios. Está claro que es un impuesto directo que lo paga el sujeto pasivo (incidencia legal = incidencia de hecho) al igual que la tasa/derecho de registro inspección e higiene.

Impuesto a las ganancias

El tributo por excelencia que impacta sobre los flujos de personas físicas y jurídicas es el Impuesto a las Ganancias o Renta. Es el principal impuesto progresivo dentro del sistema tributario argentino.

En el caso de Argentina, el impuesto a las ganancias a las personas físicas se aplica con alícuotas (marginales) que van del 5% al 35%, según la escala de la ganancia sujeta a impuesto. Existe un minino no imponible actualizable por un coeficiente debido a los efectos de la alta inflación existente. Concluyendo que una familia cuyos ingresos sean iguales hasta 4 SMVM no están alcanzados por el impuesto a la renta debido a la existencia del Mínimo No Imponible.

Al momento de la elaboración del presente trabajo el mínimo no imponible está en los $280.792 pesos de ingresos brutos (07/2022).

Cabe agregar que hoy en día el Impuesto a las ganancias grava al “ahorro”. En caso que algún integrante con ingresos quiera adquirir dólares (cupo máximo mensual US$ 200) entonces quedar ‘a alcanzado por la percepción del 35% del citado impuesto. - En el ejemplo dado, ningún integrante de la familia adquiere dólares ahorro.

Si en cambio los compraría, además estaría alcanzado por el impuesto PAIS cuya alícuota es del 35%.

Impuestos patrimoniales

En Argentina la mayoría de los impuestos directos reales están a cargo de los estamentos subnacionales. Así las provincias argentinas son las encargadas de recaudar el impuesto inmobiliario (urbano y rural) y el impuesto sobre Patentes de vehículos automotores.

El otro impuesto de menor jerarquía es el de Sellos o Actos Jurídicos.

Así las personas físicas son alcanzadas por ambos impuestos patrimoniales sí son titulares de inmuebles y/ o vehículos (motos, autos, camiones y embarcaciones).

A nivel nacional existe el impuesto sobre Bienes Personales. Es un impuesto patrimonial que recae sobre las personas físicas y sucesiones indivisas. Si bien dentro de la lógica distributiva, resulta un impuesto progresivo y justo, muchas veces impacta sobre las familias de ingresos medios, volviéndolo un tanto injusto. Grava principalmente la riqueza o stock patrimonial de las personas. La principal crítica es que el mínimo no imponible no se actualiza conforme la inflación haciendo que impacte sobre ciertos sujetos pasivos a los que originalmente no los debiera alcanzar. Otra crítica es que su base imponible está integrada por bienes inmobiliarios y automotores haciendo que exista múltiple imposición sobre los mismos. - cabe aclarar que al momento de la elaboración del presente trabajo el mínimo no imponible está en los $6.000.000.

Como se indicó más arriba, los estados subnacionales (las provincias argentinas) son las encargadas de gravar, principalmente, con impuestos directos al patrimonio inmobiliario de las personas físicas y jurídicas con el llamado “impuesto inmobiliario” urbano y rural. Grava según la escala establecida en el Código fiscal provincial (Santa Fe) el valor fiscal de los mismos. El principal problema que presenta es que el valor fiscal establecido por el Sistema de Catastro e Información Territorial[2] está bastante alejado al valor real de mercado de las propiedades inmobiliarias urbanas y rurales, aunque para el cálculo de las últimas se tiene en cuenta otro tipo de variables. Esa brecha entre el valor de mercado y el fiscal hace que la recaudación de este impuesto tenga poco peso relativo en la estructura tributaria provincial.

No así el Impuesto a las Patentes de Vehículos automotores ya que la base imponible” sigue” a la valuación que realiza el Instituto Nacional de Seguros para que las aseguradoras puedan calcular sus pólizas de robo total del vehículo, hecho que se agrava por la alta inflación persistente en Argentina que impacta fuertemente en el valor de venta y reposición de los vehículos automotores.

También resulta de interés aclarar que los municipios gravan los inmuebles, especialmente con el fin de aplicar tasas municipales teniendo en cuenta para su aplicación el principio de “retributividad” (retribución por la prestación de servicios públicos divisibles) por lo que la gabela municipal llamada “Tasa General de Inmueble” percute en el valor inmobiliario patrimonial de los inmuebles urbanos.

RESULTADO:

Presión tributaria legal en el caso de la familia promedio que cobra 2,5 RIPTE a julio 2022 valor = $ 141.289. Jefe/a de familia + cónyuge. El caso práctico mide la PTL (Presión tributaria Legal) que mide la presión tributaria legal sobre una familia promedio (capta todos los impuestos que la alcanzan directa o indirectamente, sobre ingresos, patrimonio y consumo (o ahorro), sin evasión).

Reflexiones finales

Con el objetivo de conocer la carga tributaria que impone el sistema tributario argentino se procedió a calcular la presión tributaria legal sobre una familia de 5 integrantes (cónyuges y 3 hijos). Para ello se construyó el flujo económico (ingresos mensuales de ambos cónyuges sumados) y se introdujeron los principales impuestos de cada jurisdicción (nacional, provincial y municipal). Para el caso práctico de una familia en Argentina se observa que la presión tributaria legal (PTL) es de casi un 25% tomando datos del mes de julio del año 2022. Se podría anualizar el ejemplo y así obtendríamos la presión tributaria legal (PTL) pero en el contexto actual no resultaría del todo fiable debido a la alta inflación reinante que hace que los valores de los salarios y la canasta de bienes y servicios presenten variaciones significativas.

Se puede observar que los impuestos sobre los Consumos (generales y específicos) se llevan la mayor parte de los ingresos y que los impuestos patrimoniales son bastante bajos en relación a los ingresos y más aún si los comparamos con los valores patrimoniales de los inmuebles y automotores incluido en el ejemplo.

En el caso del ejemplo dado, los impuestos sobre los ingresos no impactan debido a que no se le aplican retenciones debido a que sus ingresos (gravados) no alcanzan el mínimo no imponible fijado por la ley respectiva. Tampoco queda alcanzado por el impuesto al ahorro (PAIS) ni por la percepción del 35% del impuesto a la renta ya que, en el ejemplo dado, los integrantes de la familia habilitados para adquirir moneda extranjera (dólares o euros) no compran.

Concluyendo sobre si es alta o no la presión fiscal en Argentina, más allá de la cantidad de tributos efectivamente pagados por el cada ciudadano respecto de sus ingresos, cabe decir que existen otros elementos que agregar al análisis.

Así la mirada del ciudadano sobre el valor de los bienes/servicios públicos que recibe de parte de los 3 niveles de gobierno hace más “justo” el concepto de presión fiscal ya que no solo tomo en cuenta “que me saca” el Estado, sino que pongo en valor lo que “me da” el Estado. Esta visión más amplia es llamada por algunos autores como “presión fiscal neta”.

Rápidamente si el cociente entre tributos pagados / Ingresos Netos resulta alto según esa percepción y en comparación con otros ciudadanos del mismo país y de otros países, entonces el ciudadano fiscal concluir ‘a que la presión fiscal es alta. Ahora si se valora lo que el Estado produce y provee a la sociedad (salud, educación, vías de comunicación, recolección de residuos entre otros), entonces el cociente bajaría, por tanto, se vuelve un indicador un poco más complejo de analizar.

 

Bibliografía

Estevez Alejandro, Esper Susana, Pagliuca Francisco y Velasco Pedro (2008), “LA CIUDADANIA FISCAL: SUS FACTORES ESTRUCTURANTES Instituto de Estudios Tributarios, Aduaneros y de Recursos de la Seguridad Social, págs. 16-28.

Documento de Trabajo Una comparación internacional de presión tributaria legal sobre familias y empresas: ¿Es alta la presión tributaria en Argentina? - Año 27 – Edición N” 215 – 29 de Diciembre 2021.

INFORME ECONOMICO - Vademécum tributario argentino 2022 - 165 tributos entre los niveles de gobierno nacional, provincial y municipal - IARAF 17/04/2022.



[1] Definiciones extraída del Documento  de  Trabajo  del  IERAL,  Año  27  –  Edición  Nº215  –29 de Diciembre 2021 Una comparación internacional de presión tributaria legal sobre familias y empresas: ¿Es alta la presión tributaria en Argentina?

 

[2] El Servicio de Catastro e Información Territorial (S.C.I.T.) de la provincia de Santa Fe constituye la base de datos de referencia para la ordenación territorial y la orientación de las distintas políticas.

 

 

NUEVAS PROPUESTAS, REVISTA DE LA UCSE

Nro.60 - JULIO 2023

4. Caracterización institucional de la economía social y solidaria en contextos subnacionales. Reflexiones a partir de las experiencias recientes de Brasil y Argentina

Institutional characterization of the social and solidarity economy in subnational contexts. Reflections from the recent experiences of Brazil and Argentina

 

Caractérisation institutionnelle de l’économie sociale et solidaire dans des contextes infranationaux. Réflexions sur les expériences récentes du Brésil et de l’Argentine

 

Agustín Torres

Abogado. Doctor en Derecho. Investigador del CONICET Instituto Regional de Estudios Socioculturales (CONICET / UNCa)].

https://orcid.org/0000-0003-3410-1961

agutorresk@gmail.com

 

 

 

Resumen

La expansión que mostró la economía social y solidaria en los distritos subnacionales de los países sudamericanos generó la conveniencia de regular el sector. En algunos casos, esos marcos normativos locales se implementaron a pesar de la ausencia de un régimen legal federal. Considerando ello, el objetivo de este artículo es reflexionar sobre la caracterización institucional de la economía social y solidaria en la legislación específica subnacional de Brasil y Argentina.

Palabras clave: Economía Social y Solidaria, Caracterización Institucional, Ordenamientos Jurídicos Provinciales, Brasil, Argentina.

Abstract

The expansion shown by the social and solidarity economy in the subnational districts of the South American countries generated the convenience of regulating the sector. In some cases, these local regulatory frameworks were implemented despite the absence of a federal legal regime. Considering that, the objective of this article is to reflect on the institutional characterization of the social and solidarity economy in the specific subnational legislation of Brazil and Argentina.

Keywords: Social and Solidarity Economy, Institutional Characterization, Provincial Legal Orders, Brazil, Argentina.

Resume

L’expansion de l’´economie sociale et solidaire dans les districts infranationaux des pays sud-americains a genere l’opportunite de reglementer le secteur. Dans certains cas, ces cadres reglementaires locaux ont ´et´e mis en place malgre l’absence d’un regime juridique f´ed´eral. Consid´erant cela, l’objectif de cet article est de reflechir sur la caracterisation institutionnelle de l’´economie sociale et solidaire dans la legislation infranationale specifique du Bresil et de l’Argentine.

Mots-cl´es: Economie sociale et solidaire, Caracterisation institutionnelle, Ordres´ juridiques provinciaux, Brésil, Argentine

Introducción

Desde los últimos años del siglo pasado la economía social y solidaria fue consolidándose, progresivamente, en las comunidades sudamericanas como un contexto de acción dirigido a propiciar la reproducción ampliada de la vida, de conformidad con valores y principios propios que la singularizan y que la posicionan como una opción frente a las dinámicas económicas privativas de la lógica capitalista de mercado. Esta expansión de la economía social y solidaria respondió, en buena medida, a las respuestas articuladas por vía del accionar colectivo, organizado asociativamente, desde las propias comunidades, frente a los desfavorables impactos sociales de las complejas coyunturas económicas que caracterizaron por entonces, en variada envergadura, a los pases de la región y que se originaron, principalmente, en las políticas de corte neoliberal implementadas en los decenios precedentes.

Este proceso de reposicionamiento guardó sintonía con una tendencia a escala global, iniciada unos decenios antes, de difusión y diversificación del sector social y solidario (Defourny y Develtere, 2001; Monzón, 2006; Laville, 2018). En el supuesto sudamericano este creciente protagonismo, que exhibió diferencias de intensidad según los variados escenarios de la región, se manifestó tanto mediante la irrupción de novedosas modalidades de emprendimientos sociales asociativos como a través de la proliferación de iniciativas clásicas. Muchas de esas experiencias, ya fuese aquellas que se ajustaban a los formatos tradicionales como las no convencionales, se encontraban orientadas a la recuperación laboral e incluso, en algunos casos, al rescate social, de grupos poblacionales social y económicamente condicionados. La replicación de dichas prácticas dotadas de una marcada funcionalidad social contribuyó a instalar a la economía social y solidaria como una factible alternativa de integración e inclusión en panoramas de vulnerabilidad social y de acceso restringido al mercado de trabajo. Pues, ciertamente, la economía social y solidaria emergió –y en cierta medida aun lo hace- como una reacción frente a las contradicciones del capitalismo de mercado, las cuales imponen e imponen la necesidad de desarrollar iniciativas sustentadas en una lógica opuesta a los modos de producción dominante (Pinheiro, 2013).

Debido, precisamente, a la presencia que las modalidades de organización y producción de naturaleza social y solidaria fueron adquiriendo y con el propósito de brindar un encuadre normativo a las actividades implicadas en su desenvolvimiento y a los actores que las llevaban adelante y las tornaban posible, se insertó dentro de la discusión técnica especializada correspondiente a los ordenamientos jurídicos de la región la inquietud por avanzar en la regulación legal del sector. Sin embargo, la cuestión, por su complejidad misma, lejos habría de estar del alcance de una configuración uniforme en los Estados del espacio regional, dando lugar, por ende, al despliegue de procesos disímiles en con distintos niveles de evolución, según la jurisdicción nacional de que se tratara.

Atendiendo a ello y partiendo de la significación que reviste, desde lo teórico y analítico, indagar en la recepción institucional de las actividades del campo social y solidaria, en este trabajo se efectúan una serie de reflexiones sobre la caracterización institucional que recibe la economía social y solidaria en los regímenes jurídicos de alcance subnacional -provincial y estadual- específicos en la materia, dentro de los Estados Brasilero y Argentino. La elección de estos dos escenarios obedece al dato fáctico de que sendos Estados no disponen aún de una regulación federal especifica que contemple los distintos aspectos de la economía social y solidaria en sus actuales dimensiones, no obstante, el profundo desarrollo que esta última exhibe en sus respectivas sociedades. Frente a ese panorama de ausencia de marcos jurídicos exclusivos de alcance nacional, algunos distritos locales en ambos países -provincias en el caso de la ordenación federal argentina y estados en la organización brasilera- fueron asumiendo, en diferentes momentos, a lo largo de los últimos años, la decisión de normar las variadas cuestiones del ´ámbito social y solidario.

De conformidad con el objetivo fijado, el material empírico analizado se compone de los instrumentos legales provinciales a través de los cuales se instauraron, en algunas unidades subnacionales de Brasil y Argentina, los regímenes jurídicos locales sobre economía social y solidaria. En cuanto a su estructura, el trabajo se organiza de la siguiente manera. En un primer apartado se exponen, de modo sucinto, los contenidos principales del debate, generado en la literatura pertinente, en torno al sentido social que le asiste a la economía social y solidaria. En el punto siguiente se recorren algunos de los criterios incorporados por los ordenamientos locales para afrontar el proceso de regulación del sector social y solidario. Por último, a modo de cierre, se proporcionan una serie de observaciones finales sobre algunos de los tópicos tratados en el desarrollo del tema.

 

El sentido profundo de la economía social y solidaria y sus debates

Ampliamente difundidas, por su relevancia para el proceso de depuración conceptual, son las disquisiciones atinentes a la denominación -por ende, al alcance implicado en tal identificación- del conjunto de prácticas, interacciones e intercambios que tienen lugar en ese segmento de la dinámica socioeconómica definida principalmente por el accionar asociativo de carácter horizontal, democrático y participativo orientado a la producción y ubicación en el mercado de bienes y servicios (Lechat Paule, 2002). Así, como es sabido, además de economía social y solidaria (García Müller, 2012; Schujman et al, 2014; Laville, 2018) se han sugerido diferentes rotulaciones, pudiendo citarse entre otras, la de “economía popular” (Razeto, 1993), “economía solidaria” (Singer, 1996, 2002; Singer y Sousa, 2000; Gaiger, 2000;) “economía del trabajo” (Coraggio, 2000). Atendiendo a esta proliferación de rotulaciones, enseña Chaves Ávila (1999) que la variedad que fue emergiendo obedeció a la ampliación progresiva que fue experimentando el objeto de estudio, añadiéndose a la tríada clásica de la economía social, compuesta tradicionalmente por el movimiento cooperativas, el sector mutual y el asociativismo, todas las modalidades de asociación que planteaban un cuestionamiento al tipo de desarrollo derivado del capitalismo de mercado. Con ello como entiende Lechat Paule (2002), fue incrementándose la heterogeneidad del contenido de la economía social a la vez que fueron diluyéndose las fronteras que históricamente la distanciaban de los sectores público, capitalista y del recinto de la economía doméstica.

Al margen de la denominación que se escoja, no puede soslayarse el debate, igualmente valioso, trabado en torno a la finalidad social última de la economía social y solidaria; es decir, en lo atinente a su razón de fondo. Al respecto, siguiendo a Pinheiro (2013) puede sostenerse que es posible identificar tres corrientes que reflejan extracciones ideológicas diferentes: i) el cuadro de autores que descartan que la economía social y solidaria procure algún tipo de transformación social, económica y/o económica (Holzmann, 2000; Bonfim, 2001; Vainer, 1999; Menezes, 2007; Wellen, 2008; Quijano, 2011); ii) la línea de pensamiento que la concibe como un medio de generación de renta que dispone, a la vez, de potencialidad para favorecer la inclusión social (Carrion, 2002; Gaiger, 2003); iii) una tercera posición, más optimista sobre los cambios que la economía social y solidaria puede imprimir en las comunidades, y que le atribuye, en consecuencia, posibilidades de transformación socioeconómica y política (Arruda, 2000; Mance, 2001; Coraggio, 2002; Singer, 2002; Franca Filho, 2007; Razeto, 2010; Laville, 2018).

La primera de las orientaciones mencionadas, que se enraíza en una corriente crítica dirigida a la economía de mercado, parte del argumento según el cual la economía social y solidaria consistiría en una forma de trabajo que serviría para encubrir la explotación de tipo capitalista. Desde tal óptica, las iniciativas de naturaleza social y solidaria responderían a intereses antagónicos e incompatibles con la idea de la autogestión horizontal y democrática y, por ende, distantes con el propósito de la inserción laboral y la inclusión social. Sin embargo, confrontando con esta postura crítica, desde ciertos sectores (Kraychete, 2021) se arguye que los emprendimientos que hoy pueden encuadrarse dentro del orden social y solidario registran antecedentes que preceden, temporalmente, a cualquier planteo teórico, resaltándose que la economía social y solidaria constituye una modalidad social de producción que, históricamente, se desarrolló como respuesta frente a la economía capitalista.

 

La conceptualización legal de la economía social y solidaria

a)      La funcionalidad social de las actividades sociales y solidarias

La finalidad procurada a través de la práctica económica de carácter social y solidario constituye uno de los criterios distintivos que se encontraba ya presente en la Ley N 13136 de la provincia de Buenos Aires (2003) sobre Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia, conocida, de modo general, como Ley ALAS. En efecto, en esta norma, que integra el reducido repertorio de piezas pioneras dentro del proceso de regulación de aspectos atinentes al entramado social y solidario, las actividades económicas que reconozcan como móviles fundamentales a la reproducción de la vida, la subsistencia y el autoempleo (Ley 13136 de la Provincia de Buenos Aires, 2003, art. 3 ) dan forma y contenido, en la praxis misma, a la economía social y solidaria, distanciándose, por ende, de tal concepto, las iniciativas que se hallen enfocadas en la consecución de lucro y acumulación de capital (Ley 13136 de la Provincia de Buenos Aires, 2003, art. 4 ).

Esta concepción se conecta con la posición reflejada en la norma correspondiente del

Estado de Goiás, a través de la cual se instaura en dicha jurisdicción el denominado “Sello Economía Solidaria” (Ley 17420 del Estado de Goiás, 2011). En la noción emergente de este dispositivo legal, el accionar social y solidario comporta la priorización de “la autogestión del trabajo, el consumo ético, la justa distribución de la riqueza producida colectivamente, el respeto al equilibrio de los ecosistemas y la diversidad cultural” (Ley 17420 del Estado de Goiás, 2011, art. 2 ). Estos rasgos que, necesariamente, tienen que concurrir para la configuración de la naturaleza social y solidaria resultan incompatibles con el enfoque de acumulación y la realización de lucro, propias de la función capitalista.

Las posturas que subyacen a estas definiciones legales se aproximan a aquellas visiones que identifican, ideológicamente, en la economía social una opción de contrapunto frente a la economía capitalista de mercado (Pinheiro, 2013) y, que, por lo tanto, supone, con respecto a las connotaciones sociales desfavorables derivadas de esta última, una alternativa transformadora. Así, para Arruda (2000), la economía social representa una filosofía de vida que, sustentada en los valores de colaboración, reciprocidad y solidaridad, ofrece, fundamentalmente, una renovada forma de pensar al ser humano, a la economía en sí y al mundo en su integridad.

A su vez, la imagen textual de la “reproducción de la vida” reenvía, por el sentido que porta, a determinadas líneas de indagación (Coraggio, 2011) que nutren el andamiaje teórico específico sobre la materia, principalmente dentro de los lindes de la producción teórica sudamericana y que, justamente, condensa con recursos conceptuales similares los fines que, a criterio de tales corrientes, inspiran y movilizan a la economía social y solidaria.

La leyenda legal citada supone, en sustancia, marcar distancia con respecto la lógica su subyace al desenvolvimiento de la economía capitalista y por ello mismo, también con relación a las interpretaciones aportadas para su comprensión y fundamentación. Así, la noción de “la reproducción de la vida” controvierte al argumento de la acción racional que incidió sobre el pensamiento económico neoclásica al representar, principalmente, una construcción teórica de la relación medio-fin y contribuir con la instalación de una racionalidad instrumental. Por lo tanto, a partir de la convicción sobre la necesidad de suministrar una lectura alternativa y superadora de tal razonamiento, se sugiere una “racionalidad reproductiva” (Hinkelammert y Mora Jiménez, 2009, p. 41) como variante diferente, una “racionalidad más integral de respeto al circuito natural de la vida humana” (Hinkelammert y Mora Jiménez, 2009, p. 41).

La frase pretende destacar el sentido profundo de la economía social y solidaria en tanto vía de desarrollo socioeconómico en conflicto con los intereses de la reproducción del capital y del poder implicado en tal curso de replicación y, por ende, no subordinada a la función de la ley del valor económico. La “reproducción ampliada”, en tanto propósito y significado de la economía social y solidaria, demanda para su concreción de la implementación de trayectos de detección de las necesidades y de la formulación de estrategias referentes a la gestión colectiva, en concurrencia con la habilitación de circuitos de diálogo y de instancias de cooperación y con el desenvolvimiento de procesos de adopción de decisiones también colectivas (Coraggio, 2011).

 

b) La conceptualización a través de la enunciación y descripción de los propósitos inmediatos de las practicas sociales y solidarias.

Según la ley 14650 de la provincia de Buenos Aires, la Economía Social y Solidaria abarca “el conjunto de recursos y actividades, de personas instituciones y organizaciones” (Ley 14650 de la provincia de Buenos Aires, 2014, art. 2 ), que, sustentados en la observancia de “los principios de solidaridad, cooperación y autoridad legítima” (Ley 14650 de la provincia de Buenos Aires, 2014, art. 2 ), se abocan a la “apropiación y disposición de recursos, en la realización de actividades de producción, distribución, circulación, financiamiento y consumo digno y responsable” (Ley 14650 de la provincia de Buenos Aires, 2014, art. 2 ). Guardando sintonía con la mencionada ley ALAS, en esta norma bonaerense, dirigida a regir de modo genérico al orden social y solidario, las diferentes prácticas que conforman la trama productiva, comercial y de consumo del sector, son concebidas con un caro sentido social, puesto que tales iniciativas se orientan hacia “la resolución de las necesidades de los trabajadores, sus familias y comunidades, y del medio ambiente; para lograr una sociedad más justa, inclusiva e igualitaria” (Ley 14650 de la provincia de Buenos Aires, 2014, art. 2 ).

Este dispositivo legal, que replica con bastante proximidad al precepto similar de la ley de la provincia de Mendoza N 8435 sobre creación del Programa de Promoción de la Economía Social (Ley 8435 de la Provincia de Mendoza, 2012, art. 2), omite la referencia, presente en ésta última, sobre la incompatibilidad del obrar social y solidario con respecto a la búsqueda del lucro como fin prevalente. Así, en la redacción de la norma mendocina el sentido de las actividades sociales y solidarias no reconoce como destino prevalente al “lucro sin límites sino la resolución de las necesidades de los trabajadores, sus familias y comunidades, y del medio ambiente; para lograr una sociedad más justa, inclusiva e igualitaria” (Ley 8435 de la Provincia de Mendoza, 2012, art. 2).

La consideración del destino inmediato de las iniciativas sociales y solidarias también es recogida por la ley del Estado de Bahía (Ley 12368 del Estado de Bahía, 2011). En el criterio plasmado en este instrumento legal, la economía social y solidaria abarca, de forma flexible, un abanico de actividades que, desplegadas con ajuste a los principios y prácticas que la singularizan, se encaminan a “organizar la producción de bienes y servicios, el acceso y la construcción del conocimiento, la distribución, el consumo y el crédito” (Ley 12368 del Estado de Bahía, 2011, art. 2. I). Además, la norma detalla las condiciones en las cuales tienen que desarrollarse las actividades sociales y solidarias para alcanzar los destinos y concretar los resultados productivos que las justifican y explican. De esta manera, bajo la denominación de “prácticas de economía solidaria”, el apartado IV del referenciado artículo 2 da cuenta de que los emprendimientos sociales y solidarios tienen que describirse en un marco de autonomía institucional con adopción de decisiones mediante procesos democráticos, ejerciendo sus respectivas actividades económicas a través de organizaciones colectivas y autogestionadas, sujetas a un patrón comunitario y solidario de estructuración y relaciones sociales, comercio justo, consumo consciente y, finanzas solidarias (Ley 12368 del Estado de Bahía, 2011, art. 2 .IV).

De modo semejante, la alusión al propósito perseguido mediante las actividades sociales y solidarias también es receptada en la ley del Estado de Toncantins (2011), como pauta identificatoria del sector. A tal criterio se agrega, en este cuerpo normativo, la contribución que las iniciativas del segmento tienen que efectuar para la conformación de un escenario social y solidario a través de la integración al entorno comunitario y al circuito productivo y comercial observando los principios y valores que distinguen al espacio solidario. Así, conforme al texto legal, la economía solidaria configura un ´ámbito compuesto por colectivos organizados que se incorporan al mercado siguiendo un formato autogestionario y autosostenible (Ley 2493 del Estado de Tocantins, 2011, art. 1. I) con el objetivo de “producir y servir con organización, cooperación gestión democrática, solidaridad y distribución equitativa de la riqueza ganada colectivamente” (Ley 2493 del Estado de Tocantins, 2011, art. 1 .II). Además, estos emprendimientos horizontales y autogestionarios tienen que procurar empoderarse y desarrollarse en armonía e integración con otras actividades locales (Ley 2493 del Estado de Tocantins, 2011, art. 1 .II.a), observando las costumbres y tradiciones y respetando el equilibro de los ecosistemas (Ley 2493 del Estado de Tocantins, 2011, art. 1 .II.b) , reconociendo el valor real del ser humano, enalteciendo el trabajo y la cultura y promoviendo relaciones igualitarias entre hombres y mujeres (Ley 2493 del Estado de Tocantins, 2011, art. 1 .II.c)

 

c)   La concepción sistémica de la economía social y solidaria

Algunos instrumentos normativos locales definen al ámbito social y solidario con un enfoque integral, conceptualizándolo como un conjunto de actores, recursos e interacciones que configuran un din´amica propia y que, por lo tanto, le confieren una fisonomía privativa que lo singulariza y lo distingue de otros ordenes de producción, comercialización y consumo.

En tal dirección, la ley 7480 de la provincia del Chaco (2014) que instituye, en esa provincia, el Sistema de Promoción y Desarrollo de la Economía Social y Solidaria identifica a la economía social y solidaria con las “formas económicas alternativas, cooperativas, autogestionarias y asociativas, basadas en la solidaridad, el trabajo y el bien común” (Ley 7480 de la provincia del Chaco, 2014, art. 2 ). Al margen de esta descripción inicial, aparentemente simple, flexible y abierta, la norma proporciona, a continuación, un abordaje más complejo que refleja una visión integral de la economía social, concibiéndolo como una plataforma de desarrollo comprensiva de diversos niveles conformados, a su vez, por componentes de distinta naturaleza. Así, incorporando una lectura sistémica la economía social y solidaria es entendida como un:

sistema socioeconómico, cultural y ambiental conformado por el conjunto de recursos y actividades, personas, instituciones y organizaciones, que operan según principios de desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la economía, fomentando las estrategias de desarrollo: la gestión del conocimiento, formación, innovación, redes y desarrollo local a efectos de lograr una sociedad inclusiva e igualitaria” (Ley 7480 de la provincia del Chaco, 2014, art. 2 ).

Más cercana en el tiempo, la ley 5746 de la provincia de Catamarca que crea el Consejo de Economía Social y Popular (2022), también, adhiere a esta visión integral del ambiente social y solidaria como un entramado con su propio marco relacional en el cual los actores que lo componen definen y sitúan sus objetivos socioeconómicos, instalan sus pretensiones y despliegan sus trayectorias de inserción productiva y comercial. A través de una conceptualización amplia de contenido diverso, el espacio social y solidario es caracterizado como un circuito pluridisciplinario, conformado por variables de diferente naturaleza, regido en su desenvolvimiento por la observancia de los principios y valores sociales y solidarios. De esta manera para la norma catamarqueña, la economía social y solidaria representa:

[...] el sistema socioeconómico, político, cultural y ambiental, caracterizado por las prácticas solidarias, asociativas y cooperativas, la participación democrática en la toma de decisiones, la distribución equitativa de los beneficios obtenidos por el trabajo colectivo, la autonomía de la gestión, la primacía del ser humano y del fin social sobre el capital, la equidad social y de género, el respeto a la naturaleza, la diversidad cultural y el desarrollo local, en el cual personas físicas o jurídicas de manera vinculada , buscan la satisfacción de sus necesidades y las de sus comunidades y el desarrollo integral del ser humano y la democratización y no concentración de la economía, a partir de la producción de bienes y servicios, su distribución, circulación, comercialización, financiamiento y consumo digno y responsable [...] (Ley 5746 de la provincia de Catamarca, 2022, art. 5 ).

 

A Modo de Cierre

En este trabajo se procuró reflexionar sobre algunos aspectos que refleja la caracterización institucional de la economía social y solidaria en los ordenamientos jurídicos subnacionales de Brasil y Argentina. Como se comentó, la regulación específica en la materia dentro de algunos Estados provinciales de ambos países respondió a la expansión que experimentó, en los últimos años, el campo social y solidario en las comunidades respectivas y que tal vocación normativa se llevó adelante al margen de la ausencia de una ley federal que contemplara con alcance nacional los renovados rasgos que refleja el espacio social y solidario.

Se pudo describir dos aristas destacadas del debate teórico y epistemológico que alberga la literatura pertinente. Al respecto, puede apuntarse que las discusiones tratadas concernientes a la denominación y al sentido comunitario último de la economía social y solidaria no se limitan al recinto de la especulación intelectiva, sino que, por el contrario, fueron recogidos por los instrumentos locales específicos, lo cual explica la variedad de definiciones y enfoques que reflejan las piezas normativas distritales.

Se pudo apreciar, a través del recorrido por los dispositivos locales seleccionados, la diversidad de perspectivas que asumieron los correspondientes legisladores provinciales para abordar la caracterización de la economía social en sus respectivas jurisdicciones. Esa variedad de visiones se plasma en los criterios a los cuales los cuerpos normativos acuden para determinar el contenido del ámbito social y solidario y delimitar sus fronteras conceptuales. Así, se advirtió que algunos instrumentos se focalizan en el fundamento que singulariza a la economía social y solidaria y la distingue de la lógica y del propósito que define a la economía capitalista de mercado. Así también, en otros supuestos, las legislaciones recurren a la enunciación amplia, pero no por ello sin debido detalle, de los recursos y actores que configuran el universo social y solidario y que lo tipifican y, por ende, que contribuyen a explicar, de conformidad con la observancia de los principios y valores que le resultan propios, la fisonomía de las prácticas y experiencias que tienen lugar en dicho espacio.

A su vez, en el caso argentino, pudo advertirse, como modalidad que exhibe una posición más disruptiva y pronunciada, la consideración de la economía social y solidaria como un sistema con sus presupuestos filosóficos y su funcionalidad privativa, dando cuenta, también, de las razones de ser de las iniciativas y sujetos que integran el entramado social y solidario. Ahora bien, este enfoque sistémico no supone la adopción de una concepción de la economía social y solidaria que la figure como un conjunto de actividades que se despliegan de forma paralela al resto de los circuitos económicos de orden capitalista, sino que implica la asunción de una posición de apertura en la cual el cuadro de procesos, tendencias e iniciativas que conforman el sector social y solidario se desenvuelven en constante interacción con el escenario productivo y comercial de origen capitalista.

 

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b)   Legislación provincial sobre econom´ıa social citada

b.i)     Argentina

Ley N 13136 de la Provincia de Buenos Aires (2003).

Ley N 8435 de Provincia de Mendoza (2012).

Ley N 14650 de la provincia de Buenos Aires (2014).

Ley N 7480 de la Provincia del Chaco (2014). Ley N 5746 de la Provincia de Catamarca (2022).

b.ii)   Brasil

Ley N 12368 del Estado de Bahía (2011)

Ley N 17420 del Estado de Goiás (2011)

Ley N 2493 del Estado de Tocantins (2011)

 

NUEVAS PROPUESTAS, REVISTA DE LA UCSE

Nro.60 - JULIO 2023

 

5. El recurso a la abducción en función metodológica: especificidad y validez en los procesos de investigación científica

 

The use of abduction in methodological function: specificity and validity in scientific research processes

Docente UCSE

Rodolfo P. Arancibia

https://orcid.org/0000-0002-9008-5700

rodolfo.p.arancibia@gmail.com

 

Resumen

Mostrar y demostrar la presencia, especificidad y validez que adquiere el recurso a la abducción en función metodológica, desde el abordaje Teo ‘rico, empírico y expositivo constituye la finalidad de la presente comunicación. Todo ello, en el contexto de los procesos mismos de investigación científica. En clave exploratoria / descriptiva y desarrollo critico reflexivo se intenta complementar para el objetivo planteado, la teoría antecedente pertinente al objeto de estudio, con los resultados de un caso de investigación científico documental previo[1] que lo caracteriza, otorgándole especificidad. La observación del uso de la abducción en función metodológica fue continuada a través de la participación en evaluaciones de proyectos de investigación en ámbito académico universitario[2] destinadas a la construcción de conocimiento. La estrategia analítica se desarrolló siempre bajo el modo de análisis de contenido (AC) y fuente documental escrita. Este recorrido permite fundamentar la validación y validez de la abducción rescatando conclusivamente entre otras, la premisa de que no solo la abducción puede visibilizarse en los procesos metodológicos de investigación (en sus diferentes formas de abordaje) sino además nos permite afirmar que no hay modos inferenciales antinómicos en aquellos, ni con pertinencia propia para las perspectivas cuantitativas y/o cualitativas. Esto es, que las inferencias como sistema integrado, actúan a demanda del objeto de estudio y no de manera autónoma al diseño estructural y paradigmático que adopte el investigador. Todo ello implica que la toma de posición del investigador es decisoria al momento de pensar y orientar el proceso mismo de investigación y en esta línea, se hace visible a la abducción como partícipe necesaria (aunque a veces imperceptible o no reconocida como tal, para los propios investigadores) al momento de dar cuenta e interpretar y/o explicar el punto o momento “creativo” iniciador de los procesos de investigación. El recurso a la abducción inicia y orienta estratégicamente un proceso metodológico en su vertiente inferencial explicativa, articulándose con otros modos de razonamiento. Sustenta en muchos casos el andamiaje de una argumentación primigenia (relacionada a la generación de una hipótesis explicativa) esencial para diseñar y direccionar una aproximación posible (quizás la mejor) a una realidad singular (desconocida) investigada, carente de referencias causales predeterminadas o indiscutibles.

Palabras clave: la abducción como recurso metodológico, hipótesis abductivo-explicativa, estrategia metodológica inferencial en proceso de investigación.

Abstract

Showing and demonstrating the presence, specificity and validity acquired using abduction in a methodological function, from the theoretical, empirical and expository approach constitutes the purpose of this communication. All this, in the context of the processes of scientific research themselves. In an exploratory / descriptive key and reflective critical development, an attempt is made to complement for the proposed objective, the antecedent theory pertinent to the object of study, with the results of a case of previous documentary scientific research that characterizes it, giving it specificity. The observation of the use of abduction in methodological function was continued through the participation in evaluations of research projects in the university academic field aimed at the construction of knowledge. The analytical strategy was always developed under the mode of content analysis (CA) and written documentary source. This tour allows to base the validation and validity of abduction by rescuing conclusively among others, the premise that not only abduction can be made visible in the methodological processes of research (in its different forms of approach) but also allows us to affirm that there are no antinomic inferential modes in those, nor with their own relevance for quantitative and / or qualitative perspectives. That is, inferences as an integrated system act at the request of the object of study and not autonomously from the structural and paradigmatic design adopted by the researcher. All this implies that the researcher’s position is decisive when thinking and guiding the research process itself and, in this line, abduction is visible as a necessary participant (although sometimes imperceptible or not recognized as such, for the researchers themselves) at the time of giving an account and interpreting and / or explaining the point or c¸reative”moment initiating the research processes. The use of abduction initiates and strategically guides a methodological process in its explanatory inferential aspect, articulating with other modes of reasoning. It supports in many cases the scaffolding of a primitive argumentation (related to the generation of an explanatory hypothesis) essential to design and direct a possible approach (perhaps the best) to a singular (unknown) reality investigated, lacking predetermined or indisputable causal references.

Keywords: abduction as a methodological resource, abductive-explanatory hypothesis, inferential methodological strategy in the research process.

1. El razonamiento abductivo: su cuerpo epistémico en perspectiva metodológica

Charles S. Pierce, logró otorgarle un estatuto de razonamiento o inferencia peculiar y propia a la abducción, pues afirmaba que la hipótesis es lo que nos mueve a actuar en la realidad (Fann, 1970). Como sabemos, los métodos de inferencia que sustentan el conocimiento científico se remontan a Aristóteles en el siglo IV antes de Cristo. La abducción es explorada por este filósofo clásico en sus primeros Analíticos, pero no en detalle como la deducción y su sistematización silogística.

Se puede afirmar que el sentido actual de la abducción está definido en la obra de Charles Sanders Peirce (Cambridge, Massachussets 1839 -1914), para quien constituye un proceso de razonamiento mediante el cual se engendran nuevas ideas, las hipótesis explicativas y las teorías científicas. Es oportuno recordar que la ´época y contexto en los cuales Pierce despliega sus ideas estuvo fuertemente determinado por el empirismo, y en primera instancia la inferencia habitual en la ciencia se planteaba como inducción, usada particularmente para la confirmación de las leyes. La abducción como manera de razonar, emergente de la filosofía pragmática, une teoría y práctica. Para Peirce (1902), la abducción constituye el primer paso en toda investigación. Su propuesta fue asentar la inducción y la abducción de modo firme y permanente junto con la deducción en la concepción misma de la lógica de la metodología investigativa.

La investigación científica no responde a un modelo metodológico que permita admitir como hechos reales o entidades, a aquellos que sean directamente observables, sino que se recurre constantemente a hipótesis acerca de realidades inobservables para explicar las realidades observadas (Peirce, 1957). De tal forma, sin perder la conexión con la experiencia sensible, la trasciende buscando racionalidad.

De los ejemplos de hipótesis que el propio Peirce (1957) nos propone, podemos transcribir los siguientes:

-    Se han descubierto fósiles: digamos, restos como de peces, pero muy en el interior del país. Para explicar el fenómeno, suponemos que el mar cubrió en tiempos remotos esta tierra. Esto es una hipótesis.

-    La hipótesis adoptada para dar cuenta de la ley de Boyle (la teoría cinética de los gases), da cuenta que las moléculas de un gas son pequeñas partículas sólida, a grandes distancias unas de otras y que se mueven a gran velocidad sin atracciones ni repulsiones apreciables, hasta que por casualidad se aproximan entre sí muy estrechamente. Por otra parte, antes de 1900, aún no se había establecido una diferencia explícita entre la inducción y la hipótesis. Para intentar una diferenciación entre estas dos inferencias, Peirce planteo que el surgimiento de una hipótesis debía darse mediante el cumplimiento de tres reglas (Santaella, 1996), que podemos tener en cuenta actualmente como vertientes para pensarla:

-    Debe ser formulada claramente como una pregunta antes que se hagan las observaciones que han de comprobar su verdad. En otras palabras, se debe tratar de ver qué resultados sobre vendan de las eventuales predicciones de la hipótesis.

-    No se debe tomar un tipo particular de predicción para el que ya se sabe que la hipótesis es buena.

-    El fallo o el logro de las predicciones debe ser honestamente anotado.

En el siglo XX con el surgimiento de otras teorías del desarrollo del conocimiento científico, la inferencia predominante fue la deducción, donde se ponían a prueba las leyes e hipótesis.

El esquema básico de la abducción, parte de un hecho a explicar. Teniendo en cuenta un marco o contexto o referencias teóricas, se establece una hipótesis.

Las hipótesis tienen en común para Peirce, el que son formuladas para explicar un fenómeno observado (un hecho). En estos términos el autor alude a por lo menos tres tipos de hipótesis explicativas:

1.    Aquellas que cuando surgen, se refieren a hechos no observados, pero que son susceptibles de observación.

2.    Aquellas que son imposibles de ser observadas, como es, por ejemplo, el caso de los hechos históricos.

3.    Las que se refieren a entidades que, en el actual estado del conocimiento (aludiendo a la época en que Peirce las describió), son tanto factual como teóricamente no observables.

En el momento de darse el concepto de abducción, se localiza una diferencia entre los conceptos de inducción y abducción. Como se ha referido, la abducción arranca de los hechos, y si bien no tiene al inicio, ninguna teoría particular a la vista necesita estar motivada por teoría, para explicar hechos particularmente sorprendentes.

Sintetizando, la consideración de los hechos sugiere la hipótesis abductiva.

En la inducción, el estudio de la hipnosis sugiere los experimentos que sacan a la luz los hechos autentico a que ha apuntado la hipnosis (Eco, Sebeok, 1996).

Afirma Peirce que la abducción como inferencia lógica, asevera su conclusión de manera solo-problemática o conjetural y tiene una forma lógica perfectamente definida (Peirce, 1903). Afirma, además, que no se la puede asimilar a una analogía, ni confundir con una intuición, ni es reductible a la inducción.

En el momento mismo de postular la abducción, Peirce, realiza una aclaración importante para no caer en los errores dados en la hipótesis. Sustenta que la abducción no debe confundirse con la inducción, ya que esta es producto de regularidades observadas, pero nunca es el resultado de conectar consecuentes observados con antecedentes, lo que sí hace la abducción. Sostiene también que no debe confundirse abducción con deducción, puesto que mientras la deducción predice, aplica y confirma, la abducción retro-dice, descubre y propone una explicación. Peirce lo que desarrolla es darle nombre a cada una de las proposiciones (como en el silogismo), especificando de una manera particular la función de cada una de ellas en el argumento. Los enunciados son expresiones lingüísticas que pueden ser verdaderas o falsas porque se proponen informar acerca de algo. A los enunciados que constituyen las razones se los denomina premisas, y al enunciado que se pretende apoyar con estas se lo llama conclusión. Así es como Peirce a la premisa mayor le da el nombre de Regla, a la premisa menor la nombra el Caso y a la conclusión la llama Resultado.

No existen pautas estrictas para determinar la presencia u orden en el que aparecen los enunciados en el seno de un argumento en un fragmento textual discursivo, como tampoco para identificar sus premisas o su conclusión. Pero ciertamente, el razonamiento abductivo puede proponerse como un modelo de descripción de momentos anteriores al de la valoración e interpretación de resultados o las pruebas en un proceso investigativo.

En palabras de Genova (1996): ”...a la abducción corresponde el papel de introducir nuevas ideas en la ciencia; la creatividad, en una palabra. La deducción extrae las consecuencias necesarias y verificables que deberían seguirse de ser cierta la hipótesis, y la inducción confirma la hipótesis en una determinada proporción de casos. Son tres clases de razonamientos que no discurren de modo independiente o paralelo, sino integrados y cooperando en las fases sucesivas del método científico”.

Tanto los sentidos epistemológicos del término abducción, como su inclusión en la función metodología, son pasibles de ser focalizados en los textos documentales respaldatorios de los informes de investigación.

 

2. Focalización de la abducción en el proceso metodológico de la investigación

Peirce fue ampliando el contexto lógico en el cual se insertaba el tratamiento de la abducción, y esta ampliación le permitió un tratamiento más enriquecedor del tema. En esta parte del artículo propongo comenzar a desarrollar una respuesta acerca de la siguiente pregunta: ¿qué tipo de validez tiene la abducción en el contexto de la investigación científica?

Nos concentraremos inicialmente (conociendo el tránsito que hace Peirce desde las consideraciones lógicas de la abducción, a las consideraciones metodológicas), en la inserción de esta inferencia en un contexto real de investigación científica. En este sentido, el proceso metodológico se considera un campo más claro que el contexto lógico, sobre todo para validar los criterios pragmáticos de utilidad, eficiencia, y contrastabilidad.

Dentro de los tres recursos básicos de razonamiento inferencial, la abducción se puede visualizar (y pensar) en el proceso metodológico en tres momentos:

1.    desde la integración de la información;

2.    construcción y formulación de la hipótesis en concordancia con la información disponible y para un hecho o situación específica; y

3.    evaluación de las hipótesis, comparándolas, verificando su especificidad con relación al fenómeno o hecho, sus límites y alcances, y las consecuencias de cada uno (Sánchez Vallejo, 2010).

Se aspira a que toda la información recogida en la observación pueda ser incluida en una elaboración intelectual que explique esos sentidos lógica y ordenadamente, como partes integrantes de un todo armónico: la llamada hipótesis de trabajo.

Esa hipótesis puede surgir en algunos casos de forma repentina, al pensar intuitivamente (y acríticamente) una solución posible a un problema de investigación planteado. O como ocurre frecuentemente, ser fruto de un laborioso esfuerzo, con el que se llega a inducir una fórmula reconstructiva, direccionada a visibilizar y conocer la realidad buscada. En ambos casos, la hipótesis científica es una fórmula provisional, cuyo valor estriba en proporcionar un plan de trabajo para ulteriores correlaciones, comprobaciones entre otras.

Concretamente la dinámica abductiva, al igual que un problema de diagnóstico médico, tiene la siguiente forma:

- dado un conjunto de hechos, se trata de explicar por qué se manifiestan, para lo cual se utiliza algún conocimiento ya aceptado o teoría de base, optándose presuntivamente por el que mejor explica los resultados que siente o evidencia el (usuario o paciente) examinado.

Como se señala, en el referido proceso diagnóstico médico, como en otros que implican diagnóstico, se recurre a la abducción en la medida en que se identifica el factor que se juzga responsable o presuntivamente causal de un hecho, por su carácter anómalo o sorpresivo. Ese razonamiento (práctico) abductivo utilizado, puede también caracterizarse analizando los contenidos textuales que lo representan en una historia clínica, por ejemplo. Si bien es posible asimilar al proceso de atención médico, las tres formas básicas de razonamiento inferencial, en su primera etapa (diagnóstica), emerge el razonamiento abductivo, siendo el que inicia el proceso y se pone en evidencia cuando el profesional, luego de tomar nota de lo que resulta observar y evaluar del relato y/o sinología de la persona examinada, trata de encontrar un diagnóstico en el que se sinteticen los resultados que le son presentados. Esta situación solo es posible si se encuentra una Regla que pueda explicar el/los Resultado(s) que se le presentan. Como solo tenemos Reglas y Resultados, lo que queda es inferir (abducir) el caso. De tal forma, un diagnóstico médico, puede postularse por vía abductiva.

En el ´ámbito de la metodología de la investigación, el investigador no se entiende directamente con los hechos sino con representaciones y/o proposiciones relativas a los hechos.

Se le presenta una serie de elementos tanto físicos (objetos o materiales específicos) como intelectuales (lengua, contextos, simbolismos) que va incorporando por diferentes vías y supuestamente, tienen alguna importancia para describir y/o demostrar la existencia de una realidad, de un hecho. El investigador tiene que establecer un vínculo entre los elementos que observa, capta, percibe, para entramar el andamiaje que lo interpretará como dato, indicador en principio de la existencia de ese hecho o realidad investigada.

El razonamiento deductivo parte de la norma (N), después plantea un caso (C) y finalmente llega categóricamente a la conclusión, que es el resultado (R).

A manera de ejemplo de razonamiento deductivo:

-    Todas las gestiones en investigación social son conflictivas. (Norma /Regla). Premisa mayor.

-    Estas gestiones son para investigación social (el Caso). Premisa menor

(Por lo tanto) ...

-    Estas gestiones para investigación social son conflictivas. (inferencia de Resultado).

Peirce afirma, que la premisa mayor de la deducción (en este caso, todas las gestiones...), se basa en observaciones de hechos particulares, cuestionando “lo general” de ´esta, en su tradicional razonamiento hacia lo particular (la inferencia conclusiva o de resultado). En este caso, “estas gestiones...”. Aceptado ese principio general hay que descender necesariamente mediante un nexo lógico, a una conclusión (resultado) singular, que no hace más que lo que ya está en la premisa, sin ampliarlo (Imbert, Harvard University).

Para el caso de una inferencia inductiva, se parte del Caso y del Resultado, para inferir la Regla. Es decir, con el recurso inductivo, sólo nos limitamos a comprobar, si una aplicación puede o no, ser evidencia a favor o en contra de una teoría. Ejemplo de razonamiento inductivo:

-    Estas gestiones para investigación social son conflictivas (Caso particular). Premisa menor

-    Estas gestiones son para investigación social (Resultado).

(Por lo tanto) ...

-    Todas las gestiones en investigación social son conflictivas (inferencia de la Regla) - Premisa mayor.

Este razonamiento inductivo no es un argumento lógicamente concluyente. Es un procedimiento racional que consiste en partir de un caso (C), de ahí a la conclusión o resultado de la observación mediante la reiteración o comprobación de varios casos (R) y de ahí finalmente se formula la regla o norma (N).

Tomando la idea de Peirce, en la inducción nos parece ascender de los objetos particulares (singulares) que observamos a un principio general, pero ´este solo vale para la misma clase de objetos observados (en este caso: Estas gestiones para investigación...). Es decir que con la inducción estamos clasificando, no inventando.

Es decir, la inducción procede de lo particular a lo general (del caso- a la regla), es ampliativa, porque lo que se dice en la Regla que se infiere, no está en las premisas. Amplía nuestro conocimiento conduciendo a nuevas ideas y como consecuencia de ello, no conduce a conclusiones necesarias a partir de las premisas, sino sólo probables. En este supuesto el caso particular y el resultado son ciertos, pero la norma o regla resultante, es sólo probable.

Aquí se produce el “salto inductivo” que suele apoyarse en una justificación de tipo pragmático que considera que los casos concretos o singulares estarán de acuerdo con los casos ya observados. Si bien la conclusión sintética a que conduce resulta insegura, en la medida en que se amplía la base inductiva (observación de más casos) la conclusión será cada vez más segura. La inducción muestra que “algo es realmente operativo”.

La tercera forma de razonamiento inferencial que nos ocupa (desarrollada por Peirce), denominada “abducción”, es la que corresponde a la exploración científica, a la búsqueda, a la inteligencia abstracta y que no se puede confundir (como lo planteaba Peirce) con la inducción.

Funciona de la siguiente manera (ejemplo esquemático):

-    Esta gestión para investigación social está trabada - (Hecho a explicar / práctica) Hecho sorprendente apoyado en una observación.

-    Las gestiones trabadas en investigación social son conflictivas - (Marco / regla general)

(Por lo tanto, como consecuencia lógica)

-    Esta gestión para investigación social será conflictiva (Hipótesis o caso hipotético). A manera de pregunta hipotética puede ser: ¿Esta gestión para investigación social, será conflictiva?

Todas estas hipótesis poseen en común, que son formuladas para explicar un fenómeno observado.

Así pues, la abducción no es sino un proceso de formación de una hipótesis explicativa, pero amplía nuestro conocimiento. Es una operación lógica que introduce alguna idea nueva. Esto encuentra su justificación en la tesis de que, a partir de una hipótesis, puede llevarse a cabo una deducción para extraer una predicción que puede probarse mediante inducción. El fundamento de la inferencia abductiva reside precisamente en el hecho de que la hipótesis explique o no con claridad, los fenómenos en cuestión. Por lo tanto, la clave reside en determinar los criterios que guían la selección de los caracteres relevantes en el fenómeno o explicar los mecanismos que permiten controlar la subsunción de dicho fenómeno en conceptos conocidos. (Salguero, 2003). Así, la abducción, sugiere que  “algo puede ser”.

 

3. La validez de la abducción en función metodológica, dentro del proceso de investigación

En esta parte del artículo se pretende responder a la siguiente pregunta: ¿qué tipo de validez posee la abducción en su función metodológica en el contexto de la investigación científica?

La visión peirceana posterior a 1900, es rescatada por Samaja (1993) cuando este epistemólogo expresa: “...la abducción sugiere que algo puede ser, no que lo sea necesariamente”. Sin embargo, no es esa una debilidad que deba eclipsar su enorme importancia metodología, por el contrario, si ella no estuviera operando en la base de todo proceso científico, ni la deducción ni la inducción podrían operar. Como ya se ha referido, la deducción sólo permite hacer predicciones, si la teoría y el caso están establecidos; y la inducción sólo permite comprobar.

El lugar de la abducción en la generación y selección de hipótesis es esencial, “porque ella no supone un movimiento inferencial entre lo sabido en general y en particular, sino un movimiento entre el rasgo y el tipo de objeto, a partir de conocer la regla que relaciona a los atributos, haciendo de ellos algo más que una colección”. (Samaja, J., 2003). La inferencia abductiva consecuentemente, posee un rol fundamental en proponer una hipótesis que explique una situación anómala, un fenómeno o acontecimiento sorprendente y, llevarla a su correspondiente forma deductiva. Si esta última forma resulta ser valida, la” validez “de la abducción está garantizada. La abducción a través de un proceso de racionalización convierte al fenómeno sorprendente a investigar en una consecuencia lógica (necesaria o probable).

Como se advierte en el esquema precedente de elaboración propia, la abducción es la inferencia primera que orienta el proceso cimentando una hipótesis explicativa. Concebida como estadios de la investigación, la relación entre los distintos razonamientos paso a ser: abducción (primeridad), deducción (secundidad) e inducción (tercerizad), pues se trata aquí no del grado de fuerza de cada uno de los argumentos lógicos sino más bien de su orden de interdependencia en el proceso. (Santaella L, 1996).

En el primer caso, el hecho a explicar es totalmente nuevo por lo que su explicación se calcula y se incorpora a la teoría por la operación de constructos que tienen un carácter hipotético, es decir, son desarrollados para examinar posibilidades, son una organización creativa de la experiencia y algunos pueden hasta transformarse en interpretaciones hipotéticas de la experiencia.

Su enorme importancia metodología, radica en que, si ella no estuviera operando en la base de todo proceso científico, ni la deducción ni la inducción podrían operar: en efecto, la deducción sólo permite hacer predicciones, si la teoría y el caso están establecidos; y la inducción sólo permite comprobar.

La cuestión de su validez como sugerencia explicativa implica también considerar criterios relacionados con su selección dentro del marco de la investigación científica. Un enunciado determinado (x), para ser considerado no sólo como una hipótesis valida, o como una buena hipótesis explicativa dentro de una investigación debe ofrecer criterios para su elección (su aceptabilidad comparativa).

Los elementos que el propio Peirce propone como requerimientos para aceptar dicha hipótesis y que otorgan relevante validez a la abducción radican en la verificabilidad del enunciado que se desprende de su razonamiento. Se trata de que el enunciado sea contrastable en principio, de que las hipótesis ofrecidas por el razonamiento abductivo tengan la posibilidad de ser conectadas con la experiencia por medio de los enunciados obtenidos deductivamente (enunciados contrastadores) y evaluadas posteriormente, por los métodos inductivos.

La validez de la abducción entonces no solo está en su capacidad para construir una hipótesis explicativa de los hechos a investigar, sino también debe mostrar su conexión o concordancia entre esa explicación que genera y la experiencia. Metodológicamente también interviene en la selección de una hipótesis de entre otras muchas posibles. De esta manera se articulan sincrónicamente en interdependencia la abducción con otros modos inferenciales y los momentos / fases de la actividad científica. Relación que Peirce fue desarrollando con el tiempo. Para Peirce, este proceso de selección y construcción de hipótesis de parte del investigador es consciente, deliberado, voluntario y controlado y puede comprenderse como un razonamiento mediato “que nos conduce a creencia fundamentada racionalmente.

Una vez sugerida una hipótesis abductiva, debe someterse a crítica, para que el investigador nos brinde las razones de su sugerencia.

Peirce sostiene (1908) que se encuentran tres elementos interrelacionados e integrados al concepto de abducción y que son funciones mentales propias de la primera etapa de investigación científica (Peirce, 1908):

1.    un elemento intuitivo acrítico,

2.    un elemento de formulación lógica

3.    un elemento metodológico de admisibilidad.

A partir de los estudios realizados en historia de la ciencia en el siglo XX, resulta clarificador analizar el momento en que se generan las hipótesis (bajo el recurso abductivo) dentro del proceso de investigación científica, para intentar reinterpretarlas a la luz de los contenidos documentados como proyecto, diseño y/o proceso de investigación.

 

4. Identificación de la abducción frente a otros modos de razonamiento

Como ha quedado planteado, un primer acercamiento a la unidad de sentido de la abducción, nos permite focalizarla y contextualizarla en el contexto de los razonamientos inferenciales, y recursos argumentativos que se relacionan e integran en perspectiva metodología, dentro de los procesos de investigación científica. En principio es oportuno dejar planteado que, en el objetivo de este escrito, el examen de la abducción no se circunscribe al ´ámbito de la lógica, sino considerada bajo la óptica de la investigación científica, como parte de su proceso, aunque ello implique por cierto abordar su estructura de razonamiento como lo abordado en punto 3.

Conocemos que Peirce, vinculo el método de investigación (científico), al desarrollo de tres formas básicas de razonar, relacionadas entre sí: la abducción, inducción y deducción. Pero en los tradicionales debates y confrontación entre la deducción e inducción, la modalidad de abducción queda en general inexplicablemente excluida.

De aquí que es necesario distinguir esencialmente el razonamiento abductivo de las otras dos formas de razonamiento, deducción e inducción.

Para Pierce, la abducción (que previamente denomino reproducción), es un proceso inferencial relacionado con la generación de hipótesis, ya sea en el razonamiento científico, ya sea en el pensamiento vulgar u ordinario (Rodríguez, 2005).

Rescatando de Pierce a la abducción, J. Samaja la define “...como aquella que nos permite identificar, mediante ciertos rasgos o indicios que se nos ofrecen a la contemplación, la esencia o el tipo al que pertenece algo, y por ende nos aporta la razón por la cual algo tiene la apariencia que tiene. La abducción identifica la especie o sustancia a la que algo pertenece y al hacerlo, produce un efecto de significación: el que aporta saber que regla preside su funcionamiento: la abducción es explicativa” (sic Samaja, 1995b; 14). El mismo autor afirma: “...es el proceso de conectar modelos preexistentes con configuraciones de hechos y, de ese modo acotar enormemente los espacios de búsqueda”. Este presupuesto, se diferencia de la deducción a través de la cual se desarrolla meramente las consecuencias de una idea o premisa ya establecida como verdadera y valida (ley general) para cierto tipo de fenómenos validados como casos de la teoría, solo permitiendo hacer predicciones siempre y cuando la teoría y el caso están preestablecidos. La importancia de la ley general la podemos ver claramente en Popper:” Dar una explicación causal de un evento significa el deducir un enunciado que lo describe, usando como premisas de la deducción una o más leyes universales, junto con ciertos enunciados singulares, las condiciones iniciales” (Popper, 1962)[3]. Se trata, en resumen, de subsumir un hecho observado a una ley general.

Por su parte la inducción solo se limita a comprobar si una aplicación puede o no ser evidencia a favor o en contra de una teoría (Samaja, 1995; 87). Ahora bien, ¿qué sucede si se observa un fenómeno con interés investigativo que no es subsumible a ninguna ley conocida?

En el universo de las Ciencias encontramos disciplinas que utilizan el recurso a la abducción integrado en un todo a otros modos de razonar tradicionales, que tienen que ver con la inducción y deducción. Peirce, argumentando su tesis, nos da algunos ejemplos de razonamiento abductivo, dentro de los cuales, seleccionamos uno que se interpreta análogo y recurrente en muchas disciplinas. El autor resume: “todo abogado sabe lo difícil que es hacer que su cliente distinga entre lo que ha visto y lo que ha inferido”.

De esta forma, nació la concepción de la abducción como objeto de estudio, en tanto razonamiento integrado frecuentemente visibilizado por sus indicadores textuales (emergentes de proyectos de investigación), bajo un contexto de vínculos lógicos y metodológicos particulares.

Desde este planteamiento, se hace necesario indagarnos acerca de cómo pueden ser empíricamente visibilizados los criterios que indican de manera implícita y/o explícita, la presencia y dimensión del razonamiento abductivo, su naturaleza explicativa, y utilización en perspectiva metodológica, rescatando consecuentemente su validez en el contexto de los procesos de investigación. De eso se trata el próximo punto de abordaje del objeto de estudio planteado.

 

5. Visualización empírica de la abducción en función metodológica: “caso precedente / antecedente”.

A manera de un caso testigo, se presenta la síntesis y resultados de una investigación[4] cuyo objetivo general tuvo que ver con la caracterización del recurso a la abducción (como objeto de estudio) en documentos judiciales (sentencias penales). La selección del corpus se conformó por el universo documental constituido por todos los textos de las sentencias judiciales penales, elaborados por la Cámara de Apelaciones en lo Penal, de Rafaela (provincia de Santa Fe), durante el periodo 2005 (estudio sincrónico).

La elección y selección de estos documentos implico haber considerado como criterio de inclusión la accesibilidad al dato y secundariamente el conocimiento público de los mismos dado que fueron publicados por los principales medios de difusión especializados en información jurídica, dentro de la provincia de Santa Fe.

En marco metodológico en cuanto al posicionamiento frente al objeto de estudio formulado en este caso, se resume a los fines informativos, en diez actividades de abordaje:

1.       Selección del Corpus. Criterios: temporal, sincrónico; accesibilidad y confiabilidad a las fuentes de información;

2.       Estrategia metodología: Análisis de contenido (AC).

3.       Nivel de investigación: exploratorio / descriptivo. Perspectiva: cuantitativa – cualitativa. Triangulación.

4.       Determinación del universo.

5.       Unidades de análisis (Krippendorf, 1990 y Aranguren, 1994):

-    Unidades de muestreo. Criterios: preservar coherencia semántica textual (Weber, 1994) y la exhaustividad analítica (Bardín, 1986)

-    Unidades de registro: Criterio: fragmentos textuales, “unidades de base”.

-    Unidades de contexto. Criterio: captar las características y significación exacta de la unidad de registro (Bardín, 1986).

6.       Indicadores de premisas de argumento y de conclusión. Criterio: selección de expresiones textuales.

7.       Variables. Criterio: “espacios de atributos” (Samaja,2006).

8.       Procedimientos para la recolección y análisis de información.

9.       Establecimiento de criterios de solidez vinculados a la argumentación.

10.   Criterios de validez y fiabilidad del proceso.

Procedimiento para el análisis de información:

-    Operativamente se configuraron cuatro matrices de análisis, resultantes de la síntesis de información

-    Procedimiento analítico:

Lectura completa de sentencias.

Identificación de segmentos y párrafos.

Establecimientos de códigos de clasificación.

Etiquetamiento de unidades de análisis.

Articulación en patrones de argumentación

Construcción de matrices para análisis de información e interpretación de resultados.

Para la interpretación de resultados se consideraron:

A.     Categorías de medida que se mostraron consistentes internamente:

a)    Número total de unidades de registro: segmentaron 60 unidades de registro, Párrafos.

b)    Número total de expresiones derivativas: 37. Indicadoras de la presencia de estructuras argumentales abductivas.

B.     Atributos y propiedades del recurso a la abducción visualizados empíricamente en todos los textos analizados:

-    El punto de partida: un “hecho” no observable; problemático; sorprendente; no empíricamente dado, cronológicamente histórico, apelándose a su reconstrucción para conocer cómo, y porqué (causas) pudo haberse generado y desarrollado.

-    Los recursos para explicar el hecho inicial han sido invariablemente los razonamientos de tipo argumental.

-    Las argumentaciones explicativas han correlacionado los elementos constitutivos de la razón con la pretensión de emitir “la mejor explicación” acorde a ellos.

-    El esfuerzo por interpretar los hechos implico subsumirlos a un marco de referencia o una idea directriz para significarlos.

C.      Estructura constante, contenida en las unidades de registro segmentadas:

a)    Frente a un resultado: hecho a investigar (“efecto”).

b)    Regla: distintas normas, presunciones, máximas de experiencia dependiendo de las “pretensiones” de cada actor partícipe del proceso judicial pretendieron su explicación (“causa”). Por lo tanto, se infiere:

c)    El caso hipotético: Si la Regla b, es verdadera, por lo tanto, hay razones suficientes para pensar que el caso hipotético formulado es cierto y consecuentemente a) es verdadero.

Todas las hipótesis abductivas estudiadas han estado basadas en hechos, al concordar con los hechos todas pueden ser provechosas para continuar la investigación.

La forma de construcción argumentativa abductiva en todos los registros (60 párrafos) ha dependido de:

-    la posición de los distintos actores involucrados dentro del proceso judicial registrado en las sentencias.

-    la premisa con que se infirió el hecho fáctico, existiendo implicación lógica con la conclusión.

-    el razonamiento de la experiencia al pensamiento; de la argumentación o clasificación a una explicación o nueva interrogación.

-    de la disponibilidad de contextos de creencia previos al hecho, de parte del investigador, la ocurrencia individual a un colectivo que lo contuvo y lo explica, de alguna forma.

Avanzar hacia una hipótesis o teoría explicativa, ocurre cuando reconocemos que los caracteres seleccionados del hecho concuerdan con otros definitorios de conceptos que almacenamos en nuestra mente, lo que permite conjeturar la subsunción de ese hecho nuevo o sorprendente, a un concepto.

Las conclusiones de esta investigación se puntualizan tal como sigue:

-    La estrategia metodológica de Análisis de Contenido utilizada ha sido fiable, cuestión que se encuentra validada a través de una doble ruta: la estabilidad y la reproducibilidad.

Mientras el aspecto material fue siendo analizado, no se ha podido soslayar el componente cualitativo involucrado (esto podría contribuir a una actualización de los alcances del AC). Los resultados conseguidos permiten una apreciación rápida y eficaz de las ideas centrales de la abducción en sentido: metodológico, lógico e inherentes al campo de racionalidad epistémica.

-    La abducción por lo puesto en evidencia no constituye un recurso intrínsecamente explicacionista, dado que fue construido con distintos roles: como prueba, abducción no-plausible y abducción como diagnóstico.

-    Por otra parte, su rol excedería el campo del descubrimiento para entramarse con la etapa de justificación.

-    El recurso a la abducción ha dado cuenta de toda la información y datos consecuentes, frente a un hecho a explicar, convirtiéndose en el tipo de racionalidad que cimienta el rol de las protohipótesis

-    La abducción aparece claramente como una forma posible de integrar un hecho / problema inicial, a conceptos, subsumiéndolos para intentar su explicación.

-    Como otra atribución del recurso a la abducción, se visualizó su propiedad de organizar creativamente la experiencia que posee el investigador al momento de abordar la investigación de un objeto de estudio y su transformación en interpretaciones hipotéticas.

-    En el proceso metodológico de investigación, el recurso a la abducción apareció funcionalmente (frente al estudio de un hecho determinado), como eje integrador de la información disponible para guiar la búsqueda de una explicación contextualizada.

-    El recurso abductivo apareció dotado en la mayor parte de las argumentaciones, con grados variables de criterios de garantía de argumentación.

-    El proceso abductivo ha hecho posible observar hipótesis, a partir de la reconstrucción de hechos pasados, históricos.

-    Se confirma de este modo en los casos estudiados, que “su lugar en la generación de hipótesis es esencial” (Samaja, 1993).

-    La relación de una nueva combinación de características es un resultado creativo que engendra una nueva idea.

-    La abducción puede ser explicada como una aplicación de hábitos dados a situaciones nuevas.

-    En este sentido, la creación de nuevos modos de percepción resulta posible.

 

6. Consideraciones finales y conclusiones

Un elemento epistemológico relevante que se extrae de las especulaciones de Peirce, a saber, es que la conclusión de una abducción es capaz de explicar el hecho observado. Esta capacidad da a la abducción un carácter específico que le permite no sólo diferenciarse de los otros modos inferenciales, sino, a partir de su especificidad, mostrar su relación con ellos al interior de la investigación científica. Así, por un lado, la pareja abducción-deducción se relaciona con el requerimiento de la explicación y la racionalización de los hechos sorprendentes, y, por el otro, la pareja abducción-inducción muestra la conexión necesaria que esta explicación debe tener con la experiencia.

Habiendo constituido mi interés central en el presente artículo, mostrar y demostrar la presencia, especificidad y validez que adquiere el recurso a la abducción en función metodológica, estimo oportuno rescatando la naturaleza de la abducción, destacar sus aspectos pragmáticos principales. Una primera conclusión nos permite afirmar que si queremos saber qué es la abducción, es importante preguntarnos para qué sirve. Concretamente dos funciones metodológicas la destacan en contexto de investigación científica: la hipótesis explicativa, la selección de ´esta y su integración con los otros modos inferenciales de razonamiento.

La distinción y relación de la abducción con la inducción y la deducción descubriendo sus diferencias permiten afirmar que mientras la abducción permite inferir algo de tipo diferente a lo que hemos observado directamente, con frecuencia, algo que sería imposible observar directamente, la inducción sólo permite inferir la existencia de fenómenos iguales a los que hemos observado en casos similares. Esta cuestión abductiva amplía el alcance de la semejanza entre individuos, mientras que con la inducción sólo podemos ampliar (y/o ponderar) el conjunto de individuos con regularidades o semejanzas.

La investigación respaldatoria de esta comunicación permite evidenciar conclusivamente que la abducción no se agota en un recurso de inferencia explicativa, dado que su construcción puede adquirir roles diferentes (prueba, diagnostico, entre otros). De igual forma se entrama tanto en la fase de descubrimiento como de justificación en los procesos de investigación.

Frente a un hecho a explicar, el tipo de racionalidad que cimienta la abducción es el de una protohipótesis con potencial de integración entre un hecho / problema inicial, a conceptos, subsumiéndolos para intentar su explicación. Empíricamente este recurso puede organizar creativamente la experiencia que posee el investigador al momento de abordar la investigación de un objeto de estudio y su transformación en interpretaciones hipotéticas.

En el proceso metodológico de investigación, el recurso a la abducción apareció funcionalmente como eje integrador de la información disponible para guiar la búsqueda de una explicación contextualizada y ha hecho posible observar hipótesis, a partir de la reconstrucción de hechos pasados, históricos. La creación de nuevos modos de percepción resulta posible a través de este recurso generador de hipótesis.

Finalmente, la especificidad lógico-metodológica resulta innegable para conocer y reconocer la influencia de la abducción al interior de los procesos de investigación. En nuestros días los efectos de la pandemia por Covid 19 (como fenómeno inesperado) quizás representen y constituyan un terreno de investigación propicio para pensar desde ópticas diferentes, su consideración y empleo, en perspectiva de la necesidad de creatividad y originalidad como punto de partida de procesos de investigación de rango científico.

 

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[1] Artículo antecedente construido para TFI del posgrado de especialización en Metodología de la Investigación publicado en el transcurso de desarrollo de la tesis: “El recurso a la abducción, en el proceso argumentativo de la investigación judicial, de la cámara penal de Rafaela (Santa Fe), durante el período 2005”. Arancibia R.P. Revista Gestando Nro. 10 Año VI pág. 35 a 51, año 2013. UNER. ISSN 1852-6373; y tesis de maestría presentada, defendida y aprobada en mayo 2016. UNER.

 

[2] A lo largo de evaluaciones de procesos de investigación institucionalmente documentados, inherentes a la práctica de investigación académico-universitaria de instituciones de gestión pública privada, dentro de la provincia de Santa Fe, fueron observados 23 proyectos durante el período 2015 – 2020.

 

[3] Esta idea se advierte también en Hempel cuando plantea como una interpretación de la explicación  científica,  a  lo  que  denomina  modelo  ”deductivo  nomológico”.  En este se separa la explicación en dos proposiciones: explanandum y explanans. La primera es una oración que describe el fenómeno a explicar y la segunda la clase de oraciones que se plantean para dilucidar el fenómeno.

 

[4] Tesis de maestría en Metodología de la Investigación titulada: “El recurso a la abducción, en el proceso argumentativo de la investigación judicial, de la Cámara Penal de Rafaela (Sta. Fe),durante el período 2005”.