Reflexiones en torno a la exclusión de tutela sindical
Keywords:
tutela sindical, acción de exclusión, plazo, naturaleza, jurisprudenciaAbstract
El sistema de protección a la actividad sindical ideado por el legislador con la sanción de la Ley 23.551 resultó un indiscutido avance en relación a la tutela de que gozan quienes invisten la calidad de representantes de los trabajadores y/o entidades conformadas por ellos. La norma ha suscitado controversias en lo que respecta al ámbito hermenéutico y dificultades interpretativas. La exclusión de tutela sindical se evidencia como una conditio sine quo non de validez del acto jurídico, toda vez que la ausencia de su tramitación importa la falta de un requisito esencial que se torna en impedimento a la producción de los efectos propios de las medidas queridas por el empleador. Que la ley de fondo regule un trámite uniforme para todo el territorio nacional, no viola el principio de inalterabilidad de las jurisdicciones locales, máxime cuando a las resultas se encuentra en juego un bien jurídico de preferente tutela supralegal cual es la libertad sindical. De la índole constitucional de esa garantía se desprende que la acción para excluir esa tutela tiene un plazo válido para ser ejercida. Es decir, no es una acción imprescriptible. El lineamiento seguido por el Superior Tribunal de Justicia de Jujuy con relación a la naturaleza de la acción, ha sido estado siempre enmarcado en la teoría de la naturaleza cautelar.
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Copyright (c) 2019 María Paula Carril

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